Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05546/2022)
Bases de selección refundidas para la provisión en propiedad de una plaza de funcionario de carrera denominada Técnico de Gestión en turno libre, que contempla todas las modificaciones y/o rectificaciones publicadas en el BOP
13 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Hornachos

Anuncio 5546/2022

del segundo ejercicio, se publicará por el Tribunal la relación de los aspirantes que han
superado el mismo, disponiendo los interesados de un plazo de 3 días hábiles para efectuar
reclamaciones ante dicho Tribunal.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor y los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal de selección. En cualquier momento el Tribunal podrá
requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir
provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir. El orden de actuación de los
opositores en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se hará por orden
alfabético del primer apellido, segundo apellido y nombre, comenzando por la letra que
corresponda según el último sorteo al efecto realizado por la Junta de Extremadura para la
realización de pruebas selectivas.
Tramitación de urgencia: Cuando razones de interés público lo aconsejen, a determinar
por el Tribunal, se podrá acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de
urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el
procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
No cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de
urgencia al procedimiento.
Tramitación de Seguridad frente al COVID-19, en su caso: Cuando razones de seguridad
y de prevención frente al COVID-19 lo aconsejen y a determinar por el Tribunal, se
podrán tomar las medidas necesarias para que el desarrollo del proceso selectivo sea
seguro y sean prevenidos procesos de contagios del virus SARS-COV-2. No cabrá recurso
alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de estas medidas de seguridad o
prevención. En lo referente a las medidas de prevención tanto personales, como
sociales frente al SARS-COV-2 y durante el desarrollo del proceso, se aplicarán las
determinadas en cada momento por la autoridad sanitaria. Su no cumplimiento será
motivo de exclusión de la prueba y por lo tanto el decaimiento de su derecho a
participar en el proceso selectivo.

FASE CONCURSO:
Méritos computables:

a) Formación, hasta un máximo de 3 puntos:
Titulaciones de Licenciatura/master universitario en la rama de ciencias
sociales, jurídicas, económicas o empresariales distintas de la presentada
como requisito para acceder al puesto.

Licenciatura/Grado Universitario: 02
puntos
Master Universitario: 01 puntos

Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y sólo por la más alta alcanzada.

b) Experiencia: hasta un máximo de 02 puntos:
Tener experiencia de 1 año en procedimiento administrativo o
formación/capacitación asimilable y ofimática avanzada.

0,08 puntos por cada mes de servicio en
puestos similares, con un máximo de 02
puntos

Séptima: Calificación de los ejercicios selectivos y definitivos.
1.º.- Calificación de los ejercicios fase oposición:Todos los ejercicios serán obligatorios para la totalidad de las
personas aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar uno, haber superado el
anterior. El primer ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5
puntos para superarlo. El segundo ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario un
mínimo de 5 puntos para superarlo. La determinación de la calificación se adoptará sumando las
puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de
asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
2.º.- Calificación definitiva: La calificación definitiva será la suma de las puntuaciones alcanzadas, por los
aspirantes declarados aptos en cada uno de los dos ejercicios, en las fase de oposición, a la que habrá que
sumar las puntuaciones alcanzadas en la fase de concurso, determinándose así el orden de la clasificación
definitiva. De producirse empate, el Tribunal decidirá a favor del aspirante que hubiese obtenido mayor
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 13