Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel (Villafranca de los Barros). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05504/2022)
Reglamento de Régimen Interno del Programa de Formación Profesional Dual FURNAYUS I
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Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel

Anuncio 5504/2022

de alumno, en ningún caso.
La duración del contrato es de un año.
Durante la duración del contrato de formación, los alumnos/trabajadores tendrán derecho a la percepción de
un salario equivalente al 75% del salario mínimo interprofesional vigente, además de la parte proporcional de
dos pagas extraordinarias.
Artículo 4.- Condiciones del personal técnico.
El personal Técnico mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un contrato
de duración determinada. La duración del contrato es de un año y 14 días más, distribuidos 7 días antes del
inicio de los alumnos y 7 días después de finalización de los alumnos.
Artículo 5.- El representante de los alumnos/as-trabajadores/as y sus funciones.
La representación de los alumnos/as-trabajadores/as será asumida por el representante. Su elección se
realizará mediante votación de la totalidad de las alumnos/as de la Escuela Profesional.
Funciones:
- Recoger quejas o sugerencias de los alumnos/as-trabajadores/as.
- Suplente del monitor en caso de ausencia en el aula y entorno de actuación.
- Actuar como testigo en la comunicación de sanciones.
Artículo 6.- Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a viernes.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a
trabajos reales.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del módulo, se establecerá un descanso de treinta
minutos pasados los cuales todo el personal se incorporará a las tareas que sus monitores les indiquen.
Artículo 7.- Calendario laboral.
La Escuela Profesional dual de empleo se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la
Administración, de tal forma que se considerarán no laborables, además de los días considerados como tales
a nivel Nacional, Regional, los dos días establecidos por la entidad donde está ubicada la sede del Proyecto
para los ejercicios 2022 y 2023, respectivamente y que afectan al desarrollo del proyecto.
Son días no laborables el 24 y 31 de Diciembre y el 22 de mayo. Si algunos de estos días coincidiesen en no
laborable se acumulará 1 día más de vacaciones. Así mismo incrementará al número de días de vacaciones
los días festivos que caigan en días no laborales.
Artículo 8.- Descanso semanal.
El personal del programa formativo tendrá derecho a un descanso semanal de dos días que, como regla
general, comprenderá los días completos del sábado y el domingo.
Artículo 9.- Vacaciones anuales.
El personal del programa formativo tendrá derecho a vacaciones retribuidas con duración de veintidós días
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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