Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel (Villafranca de los Barros). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05504/2022)
Reglamento de Régimen Interno del Programa de Formación Profesional Dual FURNAYUS I
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Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel

Anuncio 5504/2022

- Según el art. 15.2 de la Orden de 26 de noviembre de 2020, estas acciones tendrán como referencia la Guía
de Herramientas de Acompañamiento/Tutorización elaborada por la Dirección General competente en la
gestión de programas públicos de empleo-formación del SEXPE.
- La organización de actividades "complementarias", acción tutorial, etc.
c) Monitores de formación ocupacional:
- Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico - prácticos de su
especialidad, incluyendo la relacionada con los cursos monográficos de su especialidad para los cuales se
encuentren suficientemente cualificados, según lo establecido en la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre,
por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de
profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su
aplicación.
- Participar en la metodología que utilice todo el equipo para que el proyecto formativo facilite el trabajo por
competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras, las siguientes orientaciones metodológicas: que
el/la alumno/a trabajador/a conozca los objetivos del proyecto, qué va a aprender, y qué va a obtener una vez
finalizado el mismo; que se utilice una metodología activa que se apoye en estructuras de aprendizaje
cooperativo y solidario, de forma que a través de la resolución conjunta de las tareas, cada participante
conozca las estrategias utilizadas por sus compañeros y pueda aplicarlas a situaciones similares; que se
favorezca el trabajo individual y grupal, fomentando la motivación, la comunicación, las habilidades sociales,
el trabajo en equipo en la consecución de un fin común "encontrar empleo", ya sea por cuenta propia o ajena,
utilizando las nuevas tecnologías de la información y la comunicación; que se utilicen los recursos materiales
que posibiliten una óptica abierta, una metodología participativa y grupal, dinamismo, cohesión de grupo y
corresponsabilidad; que el papel del alumno/a trabajador/a en este proceso sea activo y autónomo, y que sea
consciente de ser el responsable de su propio aprendizaje y que el docente se implique como elemento
orientador, promotor y facilitador de experiencias y del desarrollo competencial en el alumnado.
- Planificación y ejecución de las unidades de obra / prestación de servicios según redacción del Proyecto
aprobado.
- Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real
de los objetivos.
- Jefe de taller y de las actuaciones en obra asignadas. Uso y custodia de la maquinaria, herramientas y
materiales asignadas.
- Control de asistencia diaria de los alumnos trabajadores asignados.
- Aplicación de la normativa en prevención de riesgos laborales.
- Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado laboral del alumnado
trabajador.
- Colaborar en el desarrollo de un proyecto de Aprendizaje-Servicio (ApS): aprender haciendo un servicio a la
comunidad. En este proyecto, se trabajará la adquisición o mejora de las siguientes competencias:
Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de tareas, gestión del tiempo, capacidad de relación, flexibilidad
y tolerancia a la frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la iniciativa y espíritu
emprendedor.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa regula las condiciones de trabajo del equipo técnico y de los alumnos/trabajadores de
la Escuela Profesional Dual de Empleo "Furnayus I" y a fines informativos, se plasma por escrito para general
conocimiento y constancia de su existencia a la hora de proceder durante el plazo de duración del mismo.
Artículo 3.- Condiciones del alumno-trabajador.
Define la condición de alumno/trabajador de la Escuela Profesional dual de empleo, el mantener con la
Mancomunidad Tierra de Barros-Río Matachel (en adelante "entidad promotora") una relación regulada
formalmente por un contrato de formación, por lo que son considerados trabajadores, sin perder la condición
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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