Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05508/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de plazas vacantes de personal laboral fijo correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización del Organismo Autónomo de Recaudación. Subgrupo C2
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 5508/2022

nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 9 puntos, conforme a los
siguientes criterios:
2.1 - Antigüedad. Hasta un máximo de 8 puntos.

Experiencia en la misma plaza/puesto.

Valoración
(máximo 8 puntos)

A - Por cada mes de antigüedad en el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
(OAR) ocupando el puesto vinculado a la plaza objeto de la convocatoria.

0,10 puntos/mes

B - Por cada mes de antigüedad en el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
(OAR) en el mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria.

0,05 puntos/mes

C - Por cada mes de antigüedad en cualquier otra Administración pública en el mismo cuerpo,
escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria.

0,025 puntos/mes

Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el
permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán
incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin
reducción de jornada. No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de
ningún tipo ni en servicios especiales. No se valorarán los servicios prestados como personal eventual ni
como personal directivo profesional. No se computarán servicios que hubiesen sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación expedida por el
órgano competente de la Administración Pública.
Los servicios prestados en la entidad matriz Diputación de Badajoz, Consorcio para la Prestación del Servicio
de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz (CPEI), Consorcio para la Gestión de
Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Badajoz (PROMEDIO), y Organismo Autónomo
Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, serán valorados como otra
Administración Pública.
2.2 - Formación. Hasta un máximo de 1 punto.

Formación
Por cada 10 horas de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,10 puntos)

Valoración
(máximo 1 punto)
0,10 puntos

Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las funciones a desarrollar en
el puesto/plaza a la que se opte o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales específicos
del puesto/plaza objeto de la convocatoria, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, o
formación de carácter transversal, y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad,
bien por una institución pública o privada (Colegio profesional, Sindicato, Cámara de Comercio, Federación,
etc.) en colaboración con una Administración Pública. También se valorarán los cursos organizados por los
sindicatos al amparo de los Planes Anuales de Formación para el empleo del personal al servicio de la
Administración Pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: la Administración
General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la
Administración Local y las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o
dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las
empresas públicas se rigen por el derecho privado por lo que no tienen la consideración de Administración
Pública a estos efectos.
Se aportará copia de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso se valorará una sola vez los
cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación y se valorará únicamente el
de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y
las horas de duración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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