Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05458/2022)
Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Administrativo/a, personal funcionario, incluida en el proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 5458/2022

colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/Centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta
(y relacionado con las materias del Anexo I), atendiendo al siguiente desglose:
De 5 horas a 9 horas: 0,10 puntos.
De 10 horas a 24 horas: 0,25 puntos
De 25 horas a 59 horas: 0,50 puntos
De 60 horas a 299 horas: 0,75 puntos.
De 300 horas o más: 1,5 puntos.
Los cursos/títulos en los que no consten horas lectivas (o no figure la norma en la que conste la duración) no
se valorarán.
Una vez obtenida dicha puntuación, se efectuará un cálculo proporcional para que la valoración de la fase de
concurso suponga un 30 % del total de la puntuación del procedimiento selectivo.

RESOLUCIÓN DE EMPATES:
Una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y concurso, en caso de empate, se resolverá por la mejor
puntuación obtenida en el tipo test, si prosiguiera el empate, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, si
persiste el empate, se resolverá por el orden en que figuran los méritos según esta base, y por último, si continuara dicho
empate, se resolverá por sorteo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria y constitución de lista de espera:
Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación (precisándose que el
número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas) y elevará dicha relación a la Presidencia
de la Corporación, siendo publicada dicha relación el Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede Electrónica, debiendo el
aspirante propuesto acreditar, en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno
de los requisitos exigidos en la convocatoria y que tiene capacidad funcional para el desempeño de las tareas, aportando:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la nacionalidad. El
documento que se presente deberá encontrarse en vigor. En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas
selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países miembros de la
Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de
parentesco y una declaración jurada o promesa del/de la español/a o nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala
de funcionario/a en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Asimismo, declaración jurada o promesa de no hallarse
incurso en alguna de las causas legales de incapacidad o incompatibilidad.
Quien no tenga la nacionalidad española deberá presentar una declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o
en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al
empleo público.
3. Titulación exigida en las bases específicas, o justificante del abono de las tasas para su expedición. Los aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
Los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario deberán acreditar dicho reconocimiento.
4. Acreditación documental de otros requisitos específicos exigidos, en su caso, para el desempeño del puesto adjudicado.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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