Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Recursos Humanos (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05376/2022)
Bases de convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Arquitecto Técnico, personal funcionario, por el procedimiento de concurso-oposición libre, para la Entidad Local Menor de Valdivia
24 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Valdivia

Anuncio 5376/2022

6.7.- En calidad de observadores, con voz pero sin voto, podrán estar presentes en todas las fases y actos que integran el
proceso selectivo, a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas antes de
su realización, un representante de cada Sindicato con implantación en la ELM de Valdivia.
6.8.- El tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes. En este sentido, se
establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten las adaptaciones de tiempo y medios para su realización.
6.9.- El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 30.1 del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicios.
6.10.- Todas las dudas e incidencias que surjan de y sobre la aplicación de las normas de las bases de la convocatoria serán
resueltas por el Tribunal, por mayoría de votos de las personas asistentes a la sesión, decidiendo en caso de empate el voto
de la presidencia.
Corresponderá al Tribunal la determinación concreta del contenido de las pruebas y su calificación adoptando, en su caso,
las medidas oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo así como resolver todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de las presentes bases y la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas.
El Tribunal actuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público; y demás
disposiciones vigentes.
En el acta de la sesión de constitución del tribual podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos
actúen de forma indistinta.
6.11.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
Séptima.- Sistema de selección.
El proceso de selección se realizará a través de los sistemas de concurso-oposición, en turno libre y se desarrollará con
arreglo a las siguientes fases:
a) una primera fase de oposición. A esta fase se le imputa el 60% del total de la puntuación.
b) una segunda fase de concurso. A esta fase se le imputa el 40 % del total de la puntuación.
Octava.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
8.1.- La prueba selectiva de la oposición, no podrá comenzar hasta transcurridos al menos un mes desde la publicación
íntegra de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y no podrá exceder de cuatro meses el tiempo
comprendido entre la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y la celebración de los ejercicios de la
fase de oposición, salvo causa extraordinaria justificada.
El primer ejercicio se celebrará el día, hora y lugar que por resolución de la Alcaldía se determine y se publique en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la ELM de Valdivia y en el tablón de anuncios de la sede
electrónica municipal http://elmvaldivia.sedelectronica.es.
La información relativa a los demás trámites de dicho proceso sólo se publicará en el tablón de anuncios de la ELM de
Valdivia y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal http://elmvaldivia.sedelectronica.es.
8.2.- Los aspirantes, que deberán ir provistos del DNI, serán convocados para los ejercicios, en llamamiento único,
atendiendo a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos, iniciándose por aquel cuyo primer
apellido comience por la letra que resulte del último sorteo realizado por la Secretaría de Estado de la Función Pública a los
efectos de lo previsto en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. La no presentación al ejercicio en
el momento de ser llamados, comporta que decae automáticamente en su derecho de participar en el mismo y, en
consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
8.3.- El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del
aspirante.
Novena.- Fase de oposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 24