Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05328/2022)
Rectificación de las bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 5328/2022

- Categoría Agente: máximo de 160 meses. Tratándose de Auxiliares de Policía integrados en la categoría de
Agente por aplicación de la disposición transitoria primera de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación
de Policías Locales de Extremadura, o normativa que la sustituya, se tendrá en cuenta el tiempo se servicio
prestado en aquella categoría como si lo hubiera sido en la de Agente.
- Categoría Oficial: máximo de 60 meses como Agente y 100 como Oficial.
En los supuestos en que se hubiera accedido directamente por turno libre a una determinada categoría sin
pasar por la/las categoría/as inferior/es, el tiempo de permanencia en dicha categoría que exceda del tope de
puntuación a valorar en la misma será computado como si se hubiera desempeñado en las categorías
inferiores de forma descendente hasta agotar los topes de valoración respectivos en cada una de ellas.
Igualmente se actuará en los supuestos en los que los tiempos de permanencia en categorías superiores
excedan del tope de valoración en la misma sin haber agotado los respectivos topes de valoración de las
categorías inferiores.
B) Formación
B.1) Formación académica
Representará hasta un máximo de 1 punto de la puntación total a obtener, conforme se indica a continuación
para cada Titulación Académica y sus correspondientes equivalencias:
- Doctorado: 1,00 punto.
- Grado: 0,75 puntos.
- Técnico: 0,50 puntos.
- Master: 0,25 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo establecido en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas
universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el de mayor nivel
académico conforme a la puntuación establecida. En caso de que se presente más de un título del mismo
nivel académico, excepto un Master, solo se valorará uno de ellos. Tratándose de un Master, podrán valorarse
todos los que se presenten y adicionarse a la titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el
máximo de puntuación prevista en este apartado.
B.2) Formación continua
Formación continua. Representará hasta un máximo de 3 puntos de la puntación total a obtener. Únicamente
se valorará formación certificada por centros públicos regionales/nacionales de formación policial, así como
titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE. También se valorará la formación certificada por
centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido
previamente reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un
máximo de 3.000 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva. Los cursos relativos exclusivamente
a formación policial, que hubieran sido impartidos por Ayuntamientos y organizaciones sindicales antes de la
entrada en vigor del Decreto 107/2017, de 11 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento
para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas impartidas por otras entidades, o normativa que
lo sustituya, podrán ser valorados con la misma valoración que los demás referidos en este apartado.
B.3) Docencia
Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntación total a obtener. Únicamente se valorará
docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como docencia certificada
por universidades públicas de la UE, siempre que en este caso se trate de actividades formativas relacionadas
con la labor policial. También se valorará la docencia certificada por centros municipales, sindicales o privados
cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a razón de 0,002
puntos por hora lectiva.
B.4) Condecoraciones
Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a obtener en esta fase. Únicamente se
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