Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05328/2022)
Rectificación de las bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud, según modelo
recogido en el Anexo II de estas bases, dirigida al señor Alcalde-Presidente, manifestando en la misma que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la presente en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura.
Los requisitos establecidos en las bases anteriores, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los
anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Las solicitudes presentadas a través de las oficinas de Correos, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de dicho organismo antes de ser
certificadas. Si la solicitud se presentara en otro registro distinto al del Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona deberá comunicarse en el mismo día de presentación, mediante correo electrónico a la dirección
registro@lossantosdemaimona.com con el asunto "Avance instancia para participar en proceso de provisión
de 2 puestos de agente Policía Local", indicando nombre y apellidos del solicitante, fecha de presentación y
lugar donde se ha presentado.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes.
Únicamente podrán demandar su modificación mediante un escrito motivado, dentro del plazo establecido
para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
Los errores materiales, de hecho, o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en
cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
Cuarta. Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente del Ayuntamiento dictará resolución
aprobatoria de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y la causa de exclusión, la cual se hará
pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento
de Los Santos de Maimona, dirección https://lossantosdemaimona.sedelectronica.es/board, a efectos de que
puedan presentarse cuantas reclamaciones se estimen oportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, a
partir del siguiente a aquel en que sea publicada dicha lista provisional en el citado boletín.
Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, el órgano competente del Ayuntamiento dictará
resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos. Asimismo,
contendrá el nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador y determinará el lugar, día y hora de
valoración de los méritos, que se hará público en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Corporación.
Quinta. Méritos
La adjudicación de los puestos objeto de la convocatoria se realizará fundada en la valoración de los méritos
que a continuación se detallan, con una puntuación máxima de 10,50 puntos. Los mismos se deberán
acreditar, bien documentalmente, bien indicando que los datos obran en el Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona.
Los méritos se valorarán del siguiente modo:
A) Experiencia profesional.
Representará hasta un máximo de 4,00 puntos de la puntuación total a obtener. Únicamente se valorarán
meses completos, a razón de 0,025 puntos por mes, hasta alcanzar la puntuación máxima. Para determinar la
puntuación obtenida se dividirá el número total de días prestados en cada categoría por 30 días de cada
mensualidad. En función de la categoría a la que se refiera el proceso, la valoración de la antigüedad tendrá
una limitación máxima de mensualidades a valorar en cada categoría anteriormente desempeñada, conforme
a la valoración que se indica a continuación:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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