Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05325/2022)
Bases por la que se rige la convocatoria de la OPE 2022 para plazas del proceso extraordinario de estabilización de empleo público del Ayuntamiento de Mérida, mediante concurso y concurso-oposición con régimen jurídico laboral fijo
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Recursos Humanos

Anuncio 5325/2022

solicitudes. Los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes se valorarán de acuerdo con el
siguiente baremo:
Fase de oposición. Tendrá una puntuación del 60% sobre la puntuación total de esta convocatoria (6 puntos
sobre 10 posibles).
Fase de concurso. Tendrá una puntuación del 40% sobre la puntuación total de esta convocatoria (4 puntos
sobre 10 posibles).
B.1. Fase de concurso para las plazas convocadas y vinculadas al grupo 2.º de personal laboral pertenecientes
a la categoría profesional: Grupo C, subgrupo C2.
B.1.1. Antigüedad:
a) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Mérida en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente a la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,08 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
b) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente a la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,025 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 2 puntos.
- No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni mediante
contrato administrativo o de servicios los prestados, en el sector privado.
- No se tendrán en cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días
naturales.
- No se computarán los servicios realizados mediante contratos sujetos a la ley de contratos del
sector público, ni aquellos que correspondan o se encuentren en régimen de colaboración
social, los períodos de prácticas formativas ni de las becas de colaboración o de formación.
B.1.2. Experiencia:
a) Por cada mes de trabajo, ocupando la plaza objeto de la convocatoria, desempeñando las funciones
asignadas al mismo y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10
puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos.
La puntuación máxima por experiencia no podrá ser superior a 1,5 puntos.
Al objeto de valorar y constatar el tiempo trabajado relativo a los criterios de Antigüedad y experiencia, se
deberá adjuntar certificado emitido por las Secretarías Generales correspondientes, u órgano que le
sustituya.
B.1.3. Formación y conocimientos:
a) Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
a la plaza al que se pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Ayuntamiento de Mérida, el Instituto Nacional de Administración Pública, otras administraciones o entidades
públicas, Organizaciones Sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación Continua de
Administraciones Públicas, así como los cursos impartidos por los diferentes Colegios Profesionales.
b) En cualquier caso y para esta convocatoria, además se considerará formación complementaria y prioritaria
para el Ayuntamiento de Mérida, la que sea acreditada en relación con los siguientes conocimientos:
1. Formación en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
2. Formación sobre la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenibles.
3. Formación sobre competencias digitales (realizadas en los últimos 5 años), gobierno abierto,
administración electrónica, etc.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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