Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05325/2022)
Bases por la que se rige la convocatoria de la OPE 2022 para plazas del proceso extraordinario de estabilización de empleo público del Ayuntamiento de Mérida, mediante concurso y concurso-oposición con régimen jurídico laboral fijo
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Recursos Humanos

Anuncio 5325/2022

a) En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
punto A.1.2.a.
b) Si aún persistiese el empate, a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.1.1. a)
c) Y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá mediante la ejecución de una
entrevista personal que versará sobre aspectos relacionados con la plaza objeto de la
convocatoria.
A.2. Para las plazas convocadas y vinculadas al grupo 1.º de personal laboral pertenecientes a las categorías
profesionales: Grupo AP.
A.2.1. Antigüedad:
a) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Mérida en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente a la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,08 puntos, hasta un máximo de 7 puntos.
b) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente a la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,025 puntos, hasta un máximo de 7 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 7 puntos.
- No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni mediante
contrato administrativo o de servicios los prestados, en el sector privado.
- No se tendrán en cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días
naturales.
- No se computarán los servicios realizados mediante contratos sujetos a la ley de contratos del
sector público, ni aquellos que correspondan o se encuentren en régimen de colaboración
social, los períodos de prácticas formativas ni de las becas de colaboración o de formación.

A.2.2. Experiencia:
a) Por cada mes de trabajo, ocupando la plaza objeto de la convocatoria, desempeñando las funciones
asignadas al mismo y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10
puntos, hasta un máximo de 3 puntos.
La puntuación máxima por experiencia no podrá ser superior a 3 puntos.
La valoración del concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos.
Al objeto de valorar y constatar el tiempo trabajado relativo a los criterios de antigüedad y experiencia, se
deberá adjuntar certificado emitido por las Secretarías Generales correspondientes, u órgano que le
sustituya.
A.2.3. Criterios de desempate:
a) Si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en el punto A.2.2. a) Experiencia, ocupando la plaza
objetivo de la convocatoria;
b) En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.2.1.
a) Antigüedad en el Ayuntamiento de Mérida;
d) Y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá mediante la realización de una entrevista
personal que versará sobre aspectos relacionados con la plaza objeto de la convocatoria.
B) 1.2 Plazas grupo 2.º): Concurso – oposición.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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