Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05284/2022)
Bases para la constitución de bolsa de empleo de varios puestos de trabajo
12 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Almendral

Anuncio 5284/2022

2.- Certificado de empadronamiento.
3.- Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo del servicio público de empleo del solicitante.
4.- Fotocopia del libro de familia.
5.- Declaración responsable de no haber sido separados/as, mediante expediente disciplinario del servicio en
ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas
(anexo II).
6.- Documentación acreditativa de la discapacidad en grado igual o superior al 33% y la compatibilidad con el
desempeño de las tareas y funciones propias del puesto de trabajo mediante certificado vigente emitido por
el organismo competente.
7.- Declaración bajo juramento o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le
impida desarrollar las funciones propias del puesto demandado.
8.- La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante aportación de fotocopias de los diplomas o
títulos acreditativos de la realización del curso.
9.- Aquellas mujeres que aleguen ser víctimas de violencia de género deberán aportar certificado o informe
donde se acredite tal condición.
10.- Fotocopia de la declaración del IRPF del/de la solicitante, cónyuge o similar y descendientes que estén
conviviendo en el mismo domicilio según padrón, del último ejercicio. O en caso negativo declaración jurada
de ingresos avalada documentalmente mediante copia de nóminas, o certificado de ingresos o cualquier otro
documento que acredite los ingresos a los que hace referencia.
11.- Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años:
- Ultima nómina. (Salvo que la misma corresponda al Ayuntamiento de Almendral, en cuyo caso se aportará
de oficio por el propio Ayuntamiento).
- Certificado de pensiones.
- Certificado de prestaciones del INEM, especificando prestación y cuantía. En caso de que no se tenga
prestación alguna, certificado negativo expedido por el INEM.
12.- Anexo III (autorizaciones) firmado por el/la solicitante, cónyuge o similar y descendientes mayores de
edad que convivan en el mismo domicilio según Padrón.
Los méritos no justificados suficientemente mediante la presentación de documentos a que hace alusión este apartado, no
se valorarán ni serán tenidos en cuenta por la Comisión de Valoración.
Será obligación del/a aspirante mantener actualizados los datos personales consignados en la instancia durante toda la
duración de la bolsa de empleo.
Quinta.- Comisión de Valoración y de selección de personal laboral no permanente.
La Comisión de Valoración que se cree al efecto, tendrá como función el examen y valoración de las solicitudes presentadas.
5.1.- La Comisión de Valoración será designada por el Pleno del Ayuntamiento, y su composición será la
siguiente:
Presidente:
El Alcalde del Ayuntamiento de Almendral.
Vocales:
Un Concejal de cada uno de los grupos políticos con representación en el Ayuntamiento de Almendral.
El Representante Sindical del Ayuntamiento de Almendral.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 12