Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). (05222/2022)
Orden del Concejal Delegado de Recursos Humanos para la provisión de dos plazas de Agentes de la Policía Local del Ayuntamiento de Mérida en comisión de servicios
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Recursos Humanos
Anuncio 5222/2022
8. El Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de
los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de las personas aspirantes no reúne uno o
varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del
proceso de provisión, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas,
comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los
efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que
alguno de las personas aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales
de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter vinculante para resolver. De esta actuación se dará
conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
10. Podrán estar presentes como observador/a en la Comisión de Selección con voz y sin voto, una persona representante
de cada sección sindical de las últimas elecciones sindicales.
11. Si del contenido del dictamen se desprende que la persona aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa
audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
Quinta.- Actuación de las personas aspirantes, calendario de pruebas y anuncios sucesivos.
1. Las personas aspirantes que serán convocados para cada ejercicio, en llamamiento único, deberán ir provistos del
documento nacional de identidad. La no presentación de una persona a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser
llamada determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluida, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
2. El orden de actuación de las personas aspirantes en esta prueba, se hará en función de la resolución de 16 de febrero de
2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad resultado del sorteo público que ha de
determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año
2022. Así pues, el orden de llamamiento para la entrevista será el de la letra "P".
3. El calendario de las pruebas, junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar,
fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador. Dicha publicación se efectuará
con una antelación de, al menos, dos días hábiles a dicho comienzo.
Sexta.- Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria.
1. Procedimiento de selección: Se efectuará mediante la realización de una entrevista personal, de carácter obligatoria a
todas las personas aspirantes a fin de coadyuvar a la determinación del grado de idoneidad profesional de los mismos y que
versará sobre cuestiones vinculadas a las funciones propias del puesto de trabajo y a la experiencia profesional de los
aspirantes, pudiéndose efectuar preguntas sobre su nivel de formación así como del conocimiento de la localidad de
Mérida, sus características, y cualquier otro aspecto relacionado con el entorno.
2. Valoración de la entrevista: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarla. La determinación de la calificación se adoptará su mando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros
del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva,
eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2
puntos.
3. La calificación definitiva será la puntuación obtenida en la entrevista, determinándose así el orden de la clasificación
definitiva.
4. En caso de empate, se resolverá en atención a la fecha de ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, adjudicándose el puesto al solicitante de mayor antigüedad y, de seguir persistiendo el empate
se resolverá por sorteo público.
5. Aspirante seleccionado: Terminada la calificación, el Tribunal publicará en la página web del Ayuntamiento, un anuncio
que contendrá los aspirantes ordenados por orden de la puntuación obtenida. Siendo seleccionado el aspirante que hayan
obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número al de puestos objeto de esta convocatoria que es dos
plazas.
6. Esta propuesta se elevará al Sr. Concejal Delegado de Recursos Humanos para que formule nombramiento en comisión
de servicios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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8. El Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de
los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de las personas aspirantes no reúne uno o
varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del
proceso de provisión, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas,
comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los
efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que
alguno de las personas aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales
de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter vinculante para resolver. De esta actuación se dará
conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
10. Podrán estar presentes como observador/a en la Comisión de Selección con voz y sin voto, una persona representante
de cada sección sindical de las últimas elecciones sindicales.
11. Si del contenido del dictamen se desprende que la persona aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa
audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
Quinta.- Actuación de las personas aspirantes, calendario de pruebas y anuncios sucesivos.
1. Las personas aspirantes que serán convocados para cada ejercicio, en llamamiento único, deberán ir provistos del
documento nacional de identidad. La no presentación de una persona a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser
llamada determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluida, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
2. El orden de actuación de las personas aspirantes en esta prueba, se hará en función de la resolución de 16 de febrero de
2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad resultado del sorteo público que ha de
determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año
2022. Así pues, el orden de llamamiento para la entrevista será el de la letra "P".
3. El calendario de las pruebas, junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar,
fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador. Dicha publicación se efectuará
con una antelación de, al menos, dos días hábiles a dicho comienzo.
Sexta.- Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria.
1. Procedimiento de selección: Se efectuará mediante la realización de una entrevista personal, de carácter obligatoria a
todas las personas aspirantes a fin de coadyuvar a la determinación del grado de idoneidad profesional de los mismos y que
versará sobre cuestiones vinculadas a las funciones propias del puesto de trabajo y a la experiencia profesional de los
aspirantes, pudiéndose efectuar preguntas sobre su nivel de formación así como del conocimiento de la localidad de
Mérida, sus características, y cualquier otro aspecto relacionado con el entorno.
2. Valoración de la entrevista: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarla. La determinación de la calificación se adoptará su mando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros
del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva,
eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2
puntos.
3. La calificación definitiva será la puntuación obtenida en la entrevista, determinándose así el orden de la clasificación
definitiva.
4. En caso de empate, se resolverá en atención a la fecha de ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, adjudicándose el puesto al solicitante de mayor antigüedad y, de seguir persistiendo el empate
se resolverá por sorteo público.
5. Aspirante seleccionado: Terminada la calificación, el Tribunal publicará en la página web del Ayuntamiento, un anuncio
que contendrá los aspirantes ordenados por orden de la puntuación obtenida. Siendo seleccionado el aspirante que hayan
obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número al de puestos objeto de esta convocatoria que es dos
plazas.
6. Esta propuesta se elevará al Sr. Concejal Delegado de Recursos Humanos para que formule nombramiento en comisión
de servicios.
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