Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05281/2022)
Modificación de las bases reguladoras del Plan Cohesiona 2022-2023 de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 5281/2022

noviembre, ambos inclusive, siendo obligatoria la presentación de las mismas a través de Sede Electrónica.
Debido a la existencia de incidencias con algunos de los documentos normalizados a presentar a través de la mencionada
Sede, los mismos no estuvieron disponibles en la misma desde la primera hora del día 10 de noviembre, por lo que durante
varias horas las distintas entidades no tuvieron la posibilidad de presentar solicitudes.
A lo anterior, se suma que el plazo de 7 días hábiles de presentación de solicitudes ha demostrado ser insuficiente, dado
que una vez finalizado el mismo, una serie de entidades locales no han podido remitir en plazo las suyas, quedándose fuera
de esta convocatoria tan necesaria para crear oportunidades en el mundo rural, luchar contra la despoblación y desarrollar
e impulsar el empleo y los niveles de renta.
Por todo ello, es necesario para poder alcanzar los objetivos del Plan Cohesion@ proceder a la modificación de las bases,
toda vez que la misma, conforme a lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no es contraria al principio de igualdad, ni al interés público ni al
ordenamiento jurídico.
Vista la propuesta del Área de Fomento para la modificación de las bases, y considerando la competencia que me confiere
el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz,
RESUELVO
Primero: Modificar el anexo I de las bases reguladoras de la convocatoria del Plan Cohesion@ 2022-2023 de obras y
equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz, para que, donde se dice:
Fase I:

Número

Municipio

Diputación Ayuntamiento

Total

165

San Vicente de Alcántara, Mayorga

11.454,55

1.145,45 12.600,00

166

San Vicente de Alcántara, Piedrabuena

11.454,55

1.145,45 12.600,00

Fase II:

Número

Municipio

Diputación Ayuntamiento

Total

165

San Vicente de Alcántara, Mayorga

9.545,45

954,55 10.500,00

166

San Vicente de Alcántara, Piedrabuena

9.545,45

954,55 10.500,00

Total acumulado ambas fases:

Número

Municipio

Diputación Ayuntamiento

Total

165

San Vicente de Alcántara, Mayorga

21.000,00

2.100,00

23.100,00

166

San Vicente de Alcántara, Piedrabuena

21.000,00

2.100,00

23.100,00

Pase a ser:
Fase I

Número

Municipio

Diputación Ayuntamiento

Total

165

San Vicente de Alcántara, Casas de Las Rocitas.

11.454,55

1.145,45 12.600,00

166

San Vicente de Alcántara, Casas del Convento

11.454,55

1.145,45 12.600,00

Fase II:

Número

Municipio

Diputación Ayuntamiento

Total

165

San Vicente de Alcántara, Casas de Las Rocitas

9.545,45

954,55 10.500,00

166

San Vicente de Alcántara, Casas del Convento

9.545,45

954,55 10.500,00

Total acumulado ambas fases:

Número

Municipio

Diputación Ayuntamiento

Total

165

San Vicente de Alcántara, Casas de Las Rocitas

21.000,00

2.100,00 23.100,00

166

San Vicente de Alcántara, Casas del Convento

21.000,00

2.100,00 23.100,00

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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