Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05281/2022)
Modificación de las bases reguladoras del Plan Cohesiona 2022-2023 de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Badajoz
Anuncio 5281/2022
Modificación de las bases reguladoras del Plan Cohesiona 2022-2023 de obras y equipamientos, empleo y otros gastos
corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz

DECRETO DE MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PLAN COHESION@ 2022-2023 DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS,
EMPLEO Y OTROS GASTOS CORRIENTES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ.
ANTECEDENTES
El Plan Cohesion@, dentro de todos los planes provinciales de esta Diputación Provincial, tiene una relevancia significativa,
siendo el Plan de mayor espectro de entre todos los ejecutados por esta Institución al ser el que de una manera más directa
contribuye al impulso y recuperación de la economía provincial, con el fin de reforzar su tejido productivo y social, y lograr
que se produzca, lo antes posible, la recuperación de la actividad en los tiempos de crisis económica en los que estamos
inmersos a nivel mundial.
El Plan, que pretende inyectar en las entidades locales de la provincia los recursos necesarios con los que poder hacer frente
al incremento de los costes que permitan adjudicar y ejecutar íntegramente las distintas obras públicas, así como asumir los
aumentos de los costes de electricidad, combustible o gas, derivados de la prestación de los diferentes servicios públicos
quiere contribuir a la movilización de fondos públicos para contribuir al desarrollo e impulso de los niveles de empleo y
renta.
Así, extrapolando los resultados del Plan Cohesion@, anualidad 2021, las convocatorias del Plan Cohesiona correspondiente
a los ejercicios 2020, 2021 y 2022 han supuesto un efecto económico directo, indirecto e inducido conjunto sobre la
producción de la provincia de 123 millones de euros, derivado de la contratación de empresas de diversos sectores, tales
como la construcción, maquinaria, comercio y servicios.
En términos globales, por cada euro invertido a través del Plan Cohesion@ se han generado 1,81 euros; en otras palabras,
los 67,6 millones de euros invertidos han producido un 81,9% más, esto es, la cantidad de 123 millones.
No obstante, si en este análisis incluimos los datos económicos del Plan Cohesiona@22-23, podemos concluir que a lo largo
de la presente legislatura a través del conjunto de convocatorias del Plan Cohesion@ se va a invertir un total de 94.348.408,1
euros y que si tenemos en cuenta los efectos directos, indirectos e inducidos de la inversión de esta cantidad en la economía
provincial, los mismos tendrán una repercusión global que ascenderá a 171 millones de euros.
Todos estos datos permiten concluir que el conjunto de convocatorias del Plan Cohesion@ ha cumplido con los objetivos
planificados en su etapa de diseño, de tal forma que se ha postulado como un Plan de índole universal para toda la
provincia, solidarios, por cuanto su configuración ha sido sensible con los entes territoriales de menor población, sostenibles
y con una repercusión indudable sobre la economía local.
Con estos antecedentes, el 9 de noviembre de 2022, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia la convocatoria del Plan
Cohesion@ 2022-2023, dotado con un total de 22.000.000 de aportación provincial, y que junto a la cuota de
corresponsabilidad que deben asumir los beneficiarios ascendería a un total de 26.686.833,99 euros.
En el anexo I de dicha convocatoria, que recogía los importes de la misma, especificando para cada una de las entidades
locales beneficiarias y cada fase de actuación, las cantidades a subvencionar por Diputación, el importe de la cuota de
corresponsabilidad a aportar por las entidades locales, así como, las cantidades totales, figuraban como beneficiarios, según
el listado de poblados de la Junta de Extremadura, los poblados de San Vicente de Alcántara Mayorga y Piedrabuena, los
cuales, no constan dentro de la modificación del Plan General Municipal de dicho ayuntamiento, publicada en el Diario
Oficial de Extremadura, n.º 65, de 8 de abril de 2021, en el que en cambio, aparecen como Zonas de Ordenación Urbanística:
Casas de las Rocitas y Casas del Convento, las cuales han de sustituir por tanto a los mencionados Mayorga y Piedrabuena
dentro del Anexo I publicado.
Así mismo, la convocatoria del Plan, trascendental para las entidades locales de nuestra provincia, establecía en su base
séptima un plazo de presentación de solicitudes de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la BNDS.
Conforme a lo establecido en dicha base, el plazo de presentación de solicitudes comprendía desde el 10 hasta el 18 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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