Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Recursos Humanos (Mérida). (05209/2022)
Modificación de las bases para la provisión, por oposición libre, de una plaza de Sepulturero/a del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

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Primera fase:

Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 50 minutos, a un
cuestionario tipo test de 30 preguntas más 10 adicionales como reserva, con
cuatro opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta,
relacionadas con el temario recogido en el anexo II.
El cuestionario que se proponga contendrá diez preguntas adicionales como
reservas, las cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén
planteadas, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de anulación
con posterioridad al inicio del ejercicio.

Segunda fase:

Consistirá, por un lado, en contestar por escrito en un tiempo máximo de 50
minutos, a un cuestionario teórico-práctico tipo test de 20 preguntas más 10
adicionales como reserva, con cuatro opciones de respuesta, siendo únicamente
una de ellas correcta, relacionadas con el temario específico recogido en la
convocatoria.
El cuestionario que se proponga contendrá diez preguntas adicionales como
reservas, las cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén
planteadas, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de anulación
con posterioridad al inicio del ejercicio.
Por otro lado, la segunda parte del ejercicio consistirá en superar una prueba de
carácter práctico (no escrita), durante un período máximo de treinta minutos, y
consistirá en la realización de uno o varios supuestos de carácter práctico,
iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente
antes del comienzo del ejercicio, que serán concernientes a las funciones de
Sepulturero y relacionada con las materias específicas contenidas en el anexo II
de esta convocatoria y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad
profesional de los aspirantes, en relación al puesto a desempeñar.
En esta prueba que pondrá de manifiesto la aptitud, la capacidad profesional, y
la adaptación al puesto de los aspirantes, si el Tribunal lo estima podrá dialogar
sobre las materias objeto de esta prueba, y pedir las aclaraciones oportunas, a
los aspirantes que considere.
El Tribunal de Selección indicará el día de celebración de los ejercicios prácticos
no escritos e inmediatamente antes de iniciarse estos, los criterios de corrección
de los mismos.

2. El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo
caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación.
La calificación final de los/as opositores/as en las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios que conforman la fase de oposición. El Tribunal publicará
en el tablón de anuncios y sede electrónica de la corporación anuncio en que aparezcan los resultados finales
del proceso de selección.
De producirse empate en dicha clasificación final, este se dirimirá por aquel/aquella aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio y por último en el segundo ejercicio.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquel/aquella cuyo
género estuviera sobrerrepresentado en las plazas objeto de la presente convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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