Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Recursos Humanos (Mérida). (05212/2022)
Modificación de las bases para la provisión, por concurso de movilidad, de cuatro plazas de Agentes de la Policía Local del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

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instancia de parte interesada.
3.2. Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en
el registro general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se
presentaran en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del
plazo de presentación de instancias.
Solo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en el registro general del
Ayuntamiento en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
3.3. Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de
la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4.- Tasas.
Los derechos de examen serán de 23,70 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento establecido en el
punto 4, indicando en el concepto "pruebas selectivas 4 plazas de Agente de la Policía Local por movilidad".
De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Zafra reguladora de la tasa por
derecho de examen en convocatorias para acceder a la función pública, estará bonificada la cuota de la tasa:
a) Que la unidad familiar a la que pertenece disponga de unos ingresos anuales, por todos los
conceptos, inferiores al importe del salario mínimo interprofesional, descuento del 100%.
b) Por desempleo, descuento del 50%, en el pago de la tasa los sujetos pasivos que figuren
como demandantes de empleo, para la aplicación de la mencionada bonificación el sujeto
pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas anteriormente mediante el
correspondiente certificado emitido por el Sexpe.
c) Por minusvalía igual o superior al 33%, descuento del 25% que se acreditarán con el
certificado expedido por el CADEX.
Las bonificaciones de los apartados b) y c) no serán acumulables.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados al objeto de
acreditar la condición de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.4. El abono de tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Los sujetos participantes deberán realizar autoliquidación en los impresos habilitados al
efecto por la Administración municipal y realizar su ingreso en la entidad bancaria autorizada
Banco Santader, S.A., IBAN ES54 0049 6002 0922 1663 2119, antes de presentar la
correspondiente solicitud de inscripción, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo.
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la
inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.
c) A la solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, copia de la autoliquidación,
debidamente ingresada. En el caso de que el aspirante sea una de las personas exentas de
pago, deberá presentarse la documentación que en el mismo se indica.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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