Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (05158/2022)
Bases de la convocatoria para el acceso en propiedad de una plaza de Oficial Conductor incluida en la oferta de empleo público de 2022 del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 5158/2022
- De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días:
0,50 puntos
- De 41 a 70 horas o en su defecto, duración de 8 a 12 días:
0,60 puntos
- De 71 a 100 horas o en su defecto, duración de 13 a 20 días:
0,80 puntos
- De 101 a 200 horas o en su defecto, duración de 21 a 30 días:
1 punto
- Permiso de Conducción tipo D:
1 punto
- Permiso de Conducción tipo E:
1 punto
- De 201 a 300 horas o en su defecto, duración de 31 a 40 días:
2 puntos
- De más de 300 horas o en su defecto, más de 40 días:
3 puntos
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se
valorará, en el caso de no contar con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas o días, no se considerarán para
su valoración.
Todos los méritos que no se justifiquen, dentro del plazo de presentación de solicitudes,
conforme a lo aquí expuesto, no podrán ser considerados.
Fase de oposición (máximo 70 puntos).
Los aspirantes realizaran dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio (máximo 30 puntos): Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 30 preguntas, sobre las
materias comunes y específicas contenidas en el temario recogido en el anexo I de las presentes bases. Para cada
pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán
por su orden correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este ejercicio se
valorará con una puntuación de 0 a 30, siendo imprescindible obtener una puntuación de 15
para realizar el siguiente ejercicio. Se concede la potestad al Tribunal para decidir, con
anterioridad a la realización del mismo, la duración del ejercicio y la forma de puntuación,
especialmente la posibilidad de puntuar negativamente las respuestas erróneas o que las
contestaciones en blanco no penalicen.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de cinco días hábiles para cualquier
reclamación respecto a las preguntas planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada.
Transcurrido dicho plazo, el Tribunal procederá a valorar la prueba teórica, publicando el
resultado de la misma.
Segundo ejercicio (máximo 40 puntos): Consistirá en la ejecución, desarrollo y resolución de una prueba practica, que
podrá constar de varios supuestos, en los que el aspirante deberá acreditar el conocimiento y las habilidades propias
del puesto de trabajo ofertado y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes,
de entre las materias específicas relacionadas en el anexo I. Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 40,
siendo imprescindible obtener una puntuación de 20 puntos para que se considere aprobado.
El Tribunal determinará el contenido de cada ejercicio, su puntuación, los criterios de
valoración y calificación, y el tiempo máximo concedido para su resolución. El Tribunal deberá
hacer públicos todos estos datos con antelación a la celebración del ejercicio para
conocimiento de los aspirantes.
En su caso, si a criterio del Tribunal fuera necesario para el desarrollo del ejercicio, el
Ayuntamiento pondrá a disposición de los candidatos los equipos, aplicaciones, materiales o
instrumentos necesarios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- De 101 a 200 horas o en su defecto, duración de 21 a 30 días:
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- Permiso de Conducción tipo D:
1 punto
- Permiso de Conducción tipo E:
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2 puntos
- De más de 300 horas o en su defecto, más de 40 días:
3 puntos
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se
valorará, en el caso de no contar con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas o días, no se considerarán para
su valoración.
Todos los méritos que no se justifiquen, dentro del plazo de presentación de solicitudes,
conforme a lo aquí expuesto, no podrán ser considerados.
Fase de oposición (máximo 70 puntos).
Los aspirantes realizaran dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio (máximo 30 puntos): Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 30 preguntas, sobre las
materias comunes y específicas contenidas en el temario recogido en el anexo I de las presentes bases. Para cada
pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán
por su orden correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este ejercicio se
valorará con una puntuación de 0 a 30, siendo imprescindible obtener una puntuación de 15
para realizar el siguiente ejercicio. Se concede la potestad al Tribunal para decidir, con
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especialmente la posibilidad de puntuar negativamente las respuestas erróneas o que las
contestaciones en blanco no penalicen.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de cinco días hábiles para cualquier
reclamación respecto a las preguntas planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada.
Transcurrido dicho plazo, el Tribunal procederá a valorar la prueba teórica, publicando el
resultado de la misma.
Segundo ejercicio (máximo 40 puntos): Consistirá en la ejecución, desarrollo y resolución de una prueba practica, que
podrá constar de varios supuestos, en los que el aspirante deberá acreditar el conocimiento y las habilidades propias
del puesto de trabajo ofertado y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes,
de entre las materias específicas relacionadas en el anexo I. Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 40,
siendo imprescindible obtener una puntuación de 20 puntos para que se considere aprobado.
El Tribunal determinará el contenido de cada ejercicio, su puntuación, los criterios de
valoración y calificación, y el tiempo máximo concedido para su resolución. El Tribunal deberá
hacer públicos todos estos datos con antelación a la celebración del ejercicio para
conocimiento de los aspirantes.
En su caso, si a criterio del Tribunal fuera necesario para el desarrollo del ejercicio, el
Ayuntamiento pondrá a disposición de los candidatos los equipos, aplicaciones, materiales o
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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