Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (05158/2022)
Bases de la convocatoria para el acceso en propiedad de una plaza de Oficial Conductor incluida en la oferta de empleo público de 2022 del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 5158/2022
periodo de desempeño así como puesto o categoría profesional. A estos efectos también se
aceptarán los siguientes:
- Contrato de trabajo donde conste la categoría profesional junto con el informe
de vida laboral de la Seguridad Social donde conste el periodo laboral a justificar.
- Nóminas donde conste la categoría profesional junto con el informe de vida
laboral de la Seguridad Social donde conste el periodo laboral a justificar.
- Certificado de empresa oficial donde conste la categoría profesional junto con
el informe de vida laboral de la Seguridad Social donde conste el periodo laboral
a justificar.
- Declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (Modelos 036 o
037) donde conste la actividad en la que se da de alta en la Agencia Tributaria
como autónomo, junto con el informe de vida laboral de la Seguridad Social
donde conste el periodo laboral a justificar.
b) Titulaciones académicas (máximo de 5 puntos).
En esta fase no se valorará el título que se haya presentado como habilitante, según lo previsto
en la base segunda, para poder ser admitido como candidato en este proceso selectivo.
Los méritos deberán acreditarse mediante copia del título correspondiente o de la certificación
oficial que acredite estar en posesión de la misma.
Se valorarán las titulaciones académicas relacionadas o de la rama con el puesto de trabajo
objeto de la convocatoria, que sean de igual o superior nivel al exigido para el grupo de
titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación al
procedimiento selectivo, conforme al siguiente baremo:
- Titulo de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente: 2 puntos por
cada título.
- Título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente: 1 punto por
cada título.
En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente
el nivel de titulación más alto, entendiendo incluidos en él aquellas otras titulaciones necesarias
para su obtención.
c) Formación complementaria y permisos de conducción al margen de los exigidos como requisitos de participación
(máximo de 15 puntos).
Los méritos deberán acreditarse mediante certificación o copia del diploma o título expedido
en el que conste la formación impartida, el número de horas lectivas del curso o en su defecto
días de duración, y organismo o centro que lo impartió, conforme a la siguiente escala:
- De 2 a 5 horas o en su defecto, duración de 1 día:
0,10 puntos
- De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día:
0,20 puntos
- De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días:
0,30 puntos
- De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días:
0,40 puntos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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periodo de desempeño así como puesto o categoría profesional. A estos efectos también se
aceptarán los siguientes:
- Contrato de trabajo donde conste la categoría profesional junto con el informe
de vida laboral de la Seguridad Social donde conste el periodo laboral a justificar.
- Nóminas donde conste la categoría profesional junto con el informe de vida
laboral de la Seguridad Social donde conste el periodo laboral a justificar.
- Certificado de empresa oficial donde conste la categoría profesional junto con
el informe de vida laboral de la Seguridad Social donde conste el periodo laboral
a justificar.
- Declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (Modelos 036 o
037) donde conste la actividad en la que se da de alta en la Agencia Tributaria
como autónomo, junto con el informe de vida laboral de la Seguridad Social
donde conste el periodo laboral a justificar.
b) Titulaciones académicas (máximo de 5 puntos).
En esta fase no se valorará el título que se haya presentado como habilitante, según lo previsto
en la base segunda, para poder ser admitido como candidato en este proceso selectivo.
Los méritos deberán acreditarse mediante copia del título correspondiente o de la certificación
oficial que acredite estar en posesión de la misma.
Se valorarán las titulaciones académicas relacionadas o de la rama con el puesto de trabajo
objeto de la convocatoria, que sean de igual o superior nivel al exigido para el grupo de
titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación al
procedimiento selectivo, conforme al siguiente baremo:
- Titulo de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente: 2 puntos por
cada título.
- Título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente: 1 punto por
cada título.
En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente
el nivel de titulación más alto, entendiendo incluidos en él aquellas otras titulaciones necesarias
para su obtención.
c) Formación complementaria y permisos de conducción al margen de los exigidos como requisitos de participación
(máximo de 15 puntos).
Los méritos deberán acreditarse mediante certificación o copia del diploma o título expedido
en el que conste la formación impartida, el número de horas lectivas del curso o en su defecto
días de duración, y organismo o centro que lo impartió, conforme a la siguiente escala:
- De 2 a 5 horas o en su defecto, duración de 1 día:
0,10 puntos
- De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día:
0,20 puntos
- De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días:
0,30 puntos
- De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días:
0,40 puntos
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