Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Vegas Bajas del Guadiana II. Recursos Humanos (Badajoz). (05110/2022)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Trabajador/a Social, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Mancomunidad Vegas Bajas del Guadiana II

Anuncio 5110/2022

Consistirá en la realización de uno o varios supuestos de carácter práctico o teórico-práctico,
que se podrá componer de uno o varios apartados relacionados con el temario de la
convocatoria (anexo II) y con las tareas y funciones propias de la plaza convocada (Servicio
Social de Base de la Mancomunidad Vegas Bajas del Guadiana II) propuestos por el Tribunal. El
Tribunal podrá incluir un máximo de 5 preguntas concretas a contestar por los aspirantes.
Se calificará de 0 a 20 puntos.
La realización de los dos ejercicios podrá realizarse el mismo día, si las circunstancias lo
permiten. Dicho hecho será anunciado en la publicación de la lista definitiva de aspirantes en el
Boletín Oficial de la Provincia.
7.1.3.- Calificación final de la fase de oposición.
La calificación final de la fase de oposición será la suma aritmética de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios anteriores y para continuar el procedimiento deberá
alcanzarse la puntuación mínima de 20 puntos.
La relación de puntuaciones se expondrá al público, y se otorgará un plazo de 3 días hábiles
para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se pasará a la siguiente fase.
7.2.- Fase de concurso:
De conformidad con lo establecido por el artículo 2.4, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
la fase de concurso tendrá una puntuación de 40 puntos respecto de los 100 puntos del total del proceso
selectivo.
La acreditación de los servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas deberá hacerse
obligatoriamente mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I del Real Decreto
1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
La acreditación de titulaciones superiores a la requerida deberá hacerse mediante copia compulsada del
título correspondiente.
La acreditación de haber superado todas o alguna de las fases de algún procedimiento selectivo para el
acceso a una plaza de las mismas características, deberá acreditarse mediante la certificación expedida por la
Institución correspondiente.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
7.2.1.- Méritos profesionales, que supondrán un máximo de 36 puntos:
• Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala de
Administración Especial, subescala Técnico Medio, Trabajador Social o
equivalente o como personal laboral temporal en la categoría profesional de
Trabajador Social o equivalente, en la Mancomunidad convocante, computados
hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
6 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 36 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,33 puntos por cada
mes completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos
efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
• Servicios prestados como personal funcionario interino en otras escalas o
subescalas o como personal laboral temporal en otra categoría profesional
distinta a la convocada, adscritos a la Administración convocante, computados
hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
2 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 8 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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