Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05051/2022)
Bases para la provisión, por promoción interna, de una plaza de personal funcionario de Ordenanza vacante en la plantilla de personal, mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

Anuncio 5051/2022

e.Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto de trabajo.
f. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias
del cuerpo, escala o especialidad objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido
despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido
sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismo términos el acceso al
empleo público.
g. No encontrarse afectado/a por causas de incompatibilidad contenidas en la ley 53/1984, de 23 de
diciembre, y cualquier otra normativa aplicable en la materia, o comprometerse a ejercer la opción legal
correspondiente dentro del periodo establecido en la misma.
h. Los nacionales de otros Estados deberán demostrar un conocimiento adecuado del castellano, debiendo
ser el Tribunal Calificador del proceso, el órgano que en su caso, aprecie esta circunstancia.
2.2.- Todos los requisitos exigidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma
de posesión en el puesto que ahora se selecciona.
TERCERA.- SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN
3.1.- Las solicitudes debidamente cumplimentadas se dirigirán al Ilmo. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Orellana la Vieja, manifestando que reúnen todos los requisitos exigidos en las bases y su compromiso de
prestar juramento o promesa conforme al Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
3.2.- La presentación de solicitudes deberá realizarse a través de la sede electrónica del ayuntamiento de
Orellana la Vieja, https://orellanalavieja.sedelectronica.es/info.0. A su vez se podrán presentar dichas
solicitudes a través del Registro electrónico común del punto de acceso general de la Administración, o a
través del Registro en las oficinas del Ayuntamiento.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas,
se podrá determinar una ampliación del plazo de presentación de solicitudes de inscripción o la
cumplimentación y presentación sustitutoria.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona titular de la solicitud.
En caso de que en la solicitud de participación no se autorice a la comprobación de los datos de identificación
o titulación requerida o de cualquier otra índole, se tendrá que acompañar a la solicitud copia de la
documentación no autorizada a comprobar por parte de este Ayuntamiento.
3.3.- Las personas participantes deberán ir provistas en el momento de realización de las pruebas selectivas
del DNI o documento acreditativo que permita su identificación.
3.4.- Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.
3.5.- A efectos del cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento
automatizado por este Ayuntamiento para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación
obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, las personas participantes para los
distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal,
con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que este Ayuntamiento pueda
proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.
CUARTO.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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