Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05051/2022)
Bases para la provisión, por promoción interna, de una plaza de personal funcionario de Ordenanza vacante en la plantilla de personal, mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Orellana la Vieja (Badajoz)
Anuncio 5051/2022
Bases para la provisión, por promoción interna, de una plaza de personal funcionario de Ordenanza vacante en la plantilla
de personal, mediante concurso-oposición

BASES PARA LA PROVISIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA DE UNA PLAZA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ORDENANZA
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN.
Se pone en general conocimiento que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 9 de
noviembre de 2022, se aprobó, por unanimidad de los presentes, las siguientes:
BASES PARA LA PROVISIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA DE UNA PLAZA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ORDENANZA
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por que
se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el RDL 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de la convocatoria consiste en convocar pruebas selectivas para cubrir por el sistema de promoción
interna y mediante concurso-oposición una plaza de Ordenanza, perteneciente a Funcionarios de Carrera,
Escala Administración General, Grupo E.
La referida plaza se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del 2022, aprobada por
acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de julio de 2022 (BOP número 146 de 2 de agosto de 2022).
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES EN EL PROCESO SELECTIVO
2.1.- Para ser admitidos al proceso selectivo las personas participantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a. Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus
cónyuges, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges,
siempre que no estén separados/as de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que
vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados en España, en los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
b. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c. Estar en posesión de la siguiente titulación académica oficial o legalmente equivalente: Título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria. A efectos de equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria, deberá estarse fundamentalmente a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación
1603/2009, de 10 de junio (BOE 17/06/2009), por la que se establecen las equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
Todos los títulos deberán estar expedidos por centros oficiales reconocidos. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier
otro órgano de la Administración competente para ello.
d. Ser Funcionario de Carrera del Ayuntamiento de Orellana la Vieja, acreditando debidamente esta condición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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