Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05045/2022)
Bases y convocatoria para la provisión en comisión de servicios de dos puestos vacantes de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 5045/2022

grupo de clasificación igual o superior al de las plazas convocadas. Las personas vocales que tengan la condición de Policía
Local de Extremadura deberán disponer, como personal funcionario de carrera, del mismo o superior grupo de titulación y
categoría profesional que la convocada.
Junto con la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará y publicará la composición de la
comisión de selección.
6.2.- Observadores y asesores:
A iniciativa de cada central sindical podrá estar presentes durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de
observadores un miembro de cada una de las centrales u organizaciones sindicales que formen parte de la Mesa de
Negociación de Empleados Públicos de este Ayuntamiento.
Asimismo, podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista, para todas o algunas de las
pruebas. Dicho personal asesor se limitará a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el
Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
6.3.- Actuación de la Comisión:
La Comisión actuará de acuerdo con los principios de imparcialidad, profesionalidad, independencia y discrecionalidad
técnica. Sus miembros serán responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las
pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del
proceso selectivo. Además, velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.
Sus decisiones se adoptarán por mayoría de votos de sus miembros presentes, las dudas y propuestas que surjan para su
aplicación, así como las cuestiones que se susciten durante el desarrollo del proceso selectivo, adoptando las medidas
necesarias para garantizar el orden en las mismas.
Los componentes de la comisión deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la autoridad convocante,
cuando se dé alguna causa de abstención o recusación de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o cuando, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas
de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
correspondiente convocatoria.
En todo lo no previsto en estas bases, será de aplicación a la comisión lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima.- Actuación de los aspirantes, calendario de pruebas y anuncios sucesivos.
7.1.- Actuación de los aspirantes:
El orden de actuación de los aspirantes en la entrevista será por orden alfabético.
Las personas aspirantes serán convocadas a la entrevista en llamamiento único, y deberán ir provistos del Documento
Nacional de Identidad. La no presentación, en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de
sus derechos a participar en la entrevista, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
7.2.- Calendario de pruebas:
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de la
entrevista, así como la composición de la Comisión de Valoración. Dicha publicación se efectuará con una antelación de, al
menos, dos días hábiles a dicho comienzo.
Octava.- Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria.
8.1.- Procedimiento de selección:
Consistirá en una entrevista, conforme a lo dispuesto por los apartados siguientes de esta base.
8.3.- Entrevista.
La selección se realizará mediante la realización de una entrevista personal a cada uno de los aspirantes admitidos de
acuerdo con el criterio de mayor idoneidad, discrecionalmente apreciada, considerando los currículums aportados,
valorando la experiencia y formación específica, así como en las aptitudes puestas de manifiesto en la celebración de la
entrevista.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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