Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05045/2022)
Bases y convocatoria para la provisión en comisión de servicios de dos puestos vacantes de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 5045/2022

La entrevista consistirá en mantener un diálogo con el Tribunal sobre las cuestiones vinculadas a las funciones propias del
puesto al que aspira ocupar temporalmente, sobre su experiencia profesional, pudiéndose formular preguntas sobre su
nivel de formación.
Se calificará conforme al curriculum aportado y las aptitudes puestas de manifiesto durante la celebración de la entrevista.
Se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla. La determinación de la
calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros de la Comisión de Valoración y
dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo
caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 1 punto.
8.4.- Calificación definitiva:
La calificación definitiva vendrá determinada por la puntuación obtenida en la entrevista, de aquellos aspirantes que la
hayan superado.
En caso de empate, se atenderá a la fecha de ingreso en los cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, adjudicándose el puesto al solicitante de mayor antigüedad y, de seguir persistiendo el empate se resolverá
por sorteo público.
8.5.- Aspirantes seleccionados:
Terminada la calificación, la Comisión publicará un anuncio que contendrá los aspirantes ordenados por orden de la
puntuación obtenida. Siendo seleccionados los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, sin que pueda superar
el número al de puestos objeto de esta convocatoria, que es de dos.
Esta propuesta, que se elevará al Sr. Alcalde-Presidente para que formule nombramiento en comisión de servicios, se
publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
8.6.- Plazo de reclamaciones:
Una vez se haga pública la propuesta, los participantes en el proceso podrán formular reclamaciones, durante el plazo de los
5 días hábiles siguientes al de la publicación.
Novena.- Nombramiento y toma de posesión.
9.1.- Presentación de documentos:
Las personas propuestas para su nombramiento están obligadas a presentar, dentro del plazo de cinco días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de personas seleccionadas, todos los documentos acreditativos
de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria que no hayan sido aportados junto con la instancia.
En todo caso, las personas seleccionadas deberán presentar el informe favorable de la Administración de procedencia en
dicho plazo.
Además, las personas seleccionadas deberán superar un reconocimiento médico realizado por el servicio de salud de este
Ayuntamiento, que acredite su capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombradas y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr.
Alcalde-Presidente efectuará el nombramiento a favor del aspirante que, habiendo superado el proceso selectivo, tuviera
cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
9.2.- Nombramiento:
Resueltas las reclamaciones habidas o transcurrido el plazo de reclamación, de no haberlas, por el Alcalde-Presidente se
dictará resolución de nombramiento, que se motivará con referencia al cumplimiento por parte de las personas
seleccionadas de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y la competencia para proceder al mismo.
Los puestos convocados podrán quedar desiertos, si no concurren aspirantes idóneos, según informe motivado de la
Jefatura del Cuerpo de la Policía Local, aunque existan aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos para el
desempeño del puesto.
9.3.- Toma de posesión:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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