Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04979/2022)
Revocación de bases anteriores y publicación de bases de la bolsa de empleo del Ayuntamiento de Castuera para el año 2023
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Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 4979/2022

tenga prestación alguna, certificado negativo expedido por el INEM.
9.- Anexo III (autorizaciones) firmado por el/la solicitante, cónyuge o similar y descendientes
mayores de edad que convivan en el mismo domicilio según Padrón.
10.- Autorización al Ayuntamiento para hacer público los datos relativos a formación,
experiencia y socioeconómicos aportados por el/la solicitante (anexo IV).
11.- El aspirante deberá presentar su vida laboral actualizada y la del resto de la unidad familiar
mayor dedieciséis años.
En el caso de ser estudiante, presentar copia de matrícula.
Los méritos no justificados suficientemente mediante la presentación de documentos a que hace alusión este
apartado, no se valorarán ni serán tenidos en cuenta porla Comisión de Valoración.
Será obligación del/de la aspirante mantener actualizados los datos personales consignados en la instancia
durante toda la duración de la bolsa de empleo.
Quinta.- Comisión técnicade valoración de solicitudes.
Se constituirá una Comisión Técnica de Valoración, que será designada por el Alcalde- Presidente como Jefe de Personal, y
estará formada por personal técnico de este Ayuntamiento conforme a lo determinado en el artículo 60.2 del RD Leg 5/2015,
de 30 de octubre, procediendo al estudio y valoración de las solicitudes presentadas junto con la documentación adjunta a
las mismas. Tras la valoración de las solicitudes, la Comisión, elevará propuesta de resolución de las bolsas al AlcaldePresidente, quien resolverá aprobando las bolsas de empleo.
En aquellos supuestos que de acuerdo con lo dispuesto en el apartado sexto de las presentes bases deselección fuera
necesario realizar una prueba práctica, la Comisión Técnica de Valoración se completará con personal encargado de las
diferentes obras y servicios del Ayuntamiento.
Sexta.- Procedimiento de valoración.
La Comisión Técnica de Valoración, valorará los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes de la
siguiente forma:
a) Formación: Se puede obtener hasta un máximo de 20 puntos, acumulando 1.000 horas de formación
específica y debidamente acreditada. Para años inferiores de formación se valorará a 0.02 puntos por hora de
formación.
Para la categoría de Jardinero/a en el apartado de formación se puede alcanzar hasta un máximo de 30
puntos acumulando 1.000 horas de formación específica y debidamente acreditada. Para años inferiores de
formación se valorará a 0.03 puntos por hora de formación.
b) Experiencia: Se puede obtener hasta un máximo de 20 puntos acumulando tres años de experiencia
específica y debidamente acreditada, para años detrabajo inferiores se valorará a 0.018 cada día.
Para la categoría de Jardinero/a en el apartado de experiencia se puede alcanzar hasta un máximo de 10
puntos acumulando tres años de experiencia específica y debidamente acreditada, para años de trabajo
inferiores se valorará a 0.018 cada día.
c) Situación socioeconómica: Se puede obtener hasta un máximo de 60 puntos. Los ingresos porunidad
familiar (persona y mes) que superen los 965,00 € le corresponderán cero puntos. Cero ingresos dela unidad
familiar (persona y mes) le corresponderán 60 puntos.
Para los ingresos entre cero y novecientos cincuenta euros la puntuación se obtendrá por la resultante de
restar a 965,00 € el equivalente al ingreso mensual de la unidad familiar (persona y mes) dividiéndolo entre
14.
d) Se valorará con 20 puntos sobre el total de 120, aquellos solicitantes que NO hayan sido contratados en la
anterior convocatoria de la bolsa de empleo, ni en el Programa de Activación de empleo Local, ni en el
Programa de colaboración económica municipal de empleo (PCEME), nien Escuelas Profesionales, en las
convocatorias para el ejercicio 2022.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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