Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04802/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Escuelas Municipales de Música durante 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

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Que los gastos responden indubitadamente a la naturaleza de la
subvención concedida, obrando los justificantes en poder de esta entidad
local.
Una relación de las obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el
presupuesto de la entidad con cargo a la subvención de Diputación, con
indicación de la aplicación presupuestaria, números de operación, fecha,
importe total e importe financiado con la subvención de Diputación.
Relación de obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el
presupuesto de la entidad con cargo a fondos propios u otras
subvenciones o recursos, con indicación de la aplicación presupuestaria,
números de operación, fecha, importes totales, importes imputados a
otras aportaciones, subvenciones o recursos, con indicación de la entidad
financiadora de tales importes.
Que todos los gastos relacionados fueron devengados durante el periodo
de ejecución establecido, de 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de
2023, y efectivamente pagados antes de que finalice el periodo de
justificación establecido, esto es el 31 de enero de 2024.
Que fueron consideradas todas las limitaciones establecidas a los gastos
y pagos establecidas en las bases de la convocatoria.
La relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el
proyecto o la actividad subvencionada, con indicación del importe y su
procedencia.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia
con otras subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
La existencia, o no, de remanentes no aplicados y, en su caso, justificante
de pago del reintegro así como de los intereses derivados de los mismos.
2.- Carta de pago, expedida por la entidad, indicativa de la contabilización del
ingreso de Diputación en los correspondientes presupuestos.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el
control financiero de las subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones
a las que se refiere el Título III de la Ley de Subvenciones, y del resultado del
mismo podrá derivarse la apertura de expedientes de reintegro, en su caso.

E. Formato. Tanto la memoria técnica como la justificación económica se presentarán a través del registro
electrónico ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz, sin perjuicio de que los documentos
originales estén disponibles para cualquier control o requerimiento que se pueda realizar por el órgano
concedente o la Intervención Provincial.
F. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las
circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. La Diputación podrá conceder una ampliación del
plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación (15 días) si lo
considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre que esta
solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su
concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
G. Requerimiento de justificación. Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el
órgano administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días sea
presentada. La falta de presentación de la justificación o la incorrección de la misma, en este plazo, llevará
consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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