Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05010/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco de la estabilización de empleo temporal para cubrir una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local en el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 5010/2022

componentes del tribunal.
7. Los aspirantes podrán recusar a cualquiera de los miembros del Tribunal y estos deberán abstenerse de actuar si en ellos
concurre alguna de las circunstancias del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 24 de esta misma ley.
8. El Tribunal tendrá la categoría: tercera conforme a lo preceptuado en el RD 462/2002, de 24 de mayo, Indemnizaciones
por razón del servicio.
Séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
La selección se realizará por el sistema de concurso.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El concurso se celebrará en el lugar, día y hora que establezca la resolución de Alcaldía por la que se aprueba la lista
definitiva de los candidatos.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
1.- Antigüedad:
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra ocupando el puesto objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos,
hasta un máximo de 9 puntos.
B. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha determinación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,02 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 9 puntos.
2.- Formación:
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
puesto al que se pretende acceder o cuyo contenido sea relativo a formación, igualdad de género o formación
de carácter transversal y hayan sido convocados, impartidos u homologados por instituciones públicas o
entidades privadas, Organizaciones Sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación
Continua de Administraciones Públicas.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 puntos.
A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,10 puntos.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos.
En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.A) del mérito de
antigüedad en el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra ocupando el puesto objeto de convocatoria.
Octava .- La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo II.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva,
en todo caso, la fijada por el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
Contratos de trabajo o certificado de servicios prestados en Administración Pública distinta del Ayuntamiento de
Fregenal de la Sierra emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos,
denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de la jornada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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