Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05002/2022)
Aprobación del Reglamento de régimen interno para el Programa de Formación en Alternancia con el Empleo Escuela Profesional Dual "Galvantur"
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 5002/2022

En el caso de tener que prolongar la ausencia al trabajo por motivos médicos, se solicitará al facultativo la
baja médica correspondiente, debiendo presentar dicha baja, así como los partes de confirmación por baja
laboral, en el mismo día en que se produzca de manera que se pueda comunicar tanto al SEXPE como al
servicio de personal y nóminas de la entidad promotora.
En el caso de saber con antelación que se va a faltar, se debe comunicar al Personal Técnico de la EPD
"Galvantur" y además aportar el justificante correspondiente.
Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el periodo de tiempo justificado,
no debe transcurrir demasiado tiempo hasta su incorporación a las actividades del Proyecto, de dilatar este
periodo de forma injustificada podrá ser motivo de sanción.
La fecha tope de entregar los justificantes será siempre de dos días después de que se produzca.
Una vez al alumnado se ha incorporado al centro a primera hora de la mañana, si ha de ausentarse
temporalmente durante la misma, por cualquiera de los motivos justificados en este documento, se
comunicará al personal de la EPD quién lo hará constar en un ficha de incidencia que se recoja hora de salida
y de entrada, motivo de la ausencia y si aporta o no justificante.
Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no, serán
descontadas del cómputo total de horas del módulo formativo que se esté impartiendo.
2.- Según establece la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, se prohíbe fumar en ninguna de las instalaciones del
centro. Habilitándose para ello los espacios correspondientes. Serán los usuarios de estos espacios, los
encargados/as de que los deshechos del tabaco (colillas, paquetes, etc.) queden recogidos en papeleras o
lugares habilitados.
3.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al programa. Si
algún familiar necesita localizar a algún alumno/a de este Proyecto, basta con preguntar en las oficinas por la
persona que se busca y se le facilitará la comunicación.
4.- El uso del móvil en las horas de clase queda totalmente prohibido. Si algún alumno/a necesita estar
localizable durante ese periodo de tiempo, por algún motivo especial, puede llamar al teléfono del centro y se
le pasará la comunicación.
5.- No comer en el aula durante la impartición de clases.
6.-El silencio en horas de formación junto con la limpieza y conservación del material son necesarios en un
centro de enseñanza y trabajo. Alumnos y monitores velarán, pues, por el buen uso de las aulas, pasillos,
servicios y centros de trabajo.
7.- Profesores, monitores y alumnos están obligados a ser puntuales.
Artículo 11. Derechos.
Los que a continuación se desarrollan:
a. Que se respete su dignidad personal.
b. Al respeto a su intimidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza
sexual.
c. Respeto a su conciencia cívica o moral.
d. Recibir una formación conforme a los objetivos de este Proyecto de escuelas profesionales duales y a las
necesidades y posibilidades personales de cada alumno/a-trabajador/a.
e. Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
f. Recibir información y orientación sobre su rendimiento.
g. Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material de la E PD "Galvantur" para los fines
que le son propios.
h. Disponer de ropa laboral y utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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