Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05002/2022)
Aprobación del Reglamento de régimen interno para el Programa de Formación en Alternancia con el Empleo Escuela Profesional Dual "Galvantur"
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 5002/2022

debiéndose informar con la debida antelación a todo el personal del Proyecto.
Vacaciones anuales.
Todo el personal tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con una duración de veintidós días hábiles,
que se decidirán a criterio del Equipo Técnico de forma consensuada.
El equipo formativo hará coincidir sus vacaciones con la de los alumnos/as trabajadores/as. En caso de no
llegar a acuerdo alguno, se atenderá en primer lugar a las necesidades del servicio en beneficio del programa
que se ejecuta.
Las vacaciones no podrán ser sustituidas por compensación económica alguna.
El periodo de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente en época estival y atendiendo a las
necesidades de los servicios prestados, acorde a un criterio mínimo de proporcionalidad, por el cual,
corresponde 2,5 días por mes trabajado. Debiendo ser autorizado por la entidad promotora.
Artículo 9. Permisos y licencias.
Además de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, Dirección, Docentes, personal de apoyo y
alumnos- trabajadores, previo aviso (de al menos 48 horas de antelación) y justificación previa o posterior,
podrán ausentares del trabajo, con derecho a la remuneración, por los motivos y el tiempo que a
continuación se relacionan:
a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin
hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad
o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad del domicilio del empleado, y
cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.
En los mismos supuestos, si el causante es un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o
afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad del domicilio del
empleado y de cuatro días hábiles cuando sea en una localidad diferente. En el caso de familiares dentro del
tercer grado de consanguinidad, el permiso será de un día natural.
b) Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.
c) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que se determinen en
las normas que regulen dichas funciones.
d) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su
celebración en centros oficiales.
e) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
por las empleadas embarazadas y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción,
para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los
preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse
dentro de la jornada de trabajo.
f) Por lactancia de un hijo menor de doce meses (Decreto 149/2013 de 6 de agosto) tendrán derecho a una
hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una
reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada, o en una hora al inicio o al final
de la jornada, con la misma finalidad.
g) Esta modalidad se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por nacimiento,
adopción, guarda, acogimiento o del progenitor diferente de la madre biológica respectivo. Este permiso se
incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o
acogimiento múltiple.
h) Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a
continuación del parto, la empleada/o tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos
horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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