Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Roca de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (04887/2022)
Bases y convocatoria para la provisión, en régimen laboral temporal, de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de La Roca de la Sierra, mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de La Roca de la Sierra
Anuncio 4887/2022
2. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en puesto
de igual o superior categoría a la plaza objeto de la convocatoria.
0,06 puntos/mes, hasta un máximo
de 2 puntos
3. Por cada mes de antigüedad en la empresa privada en puesto de igual o
superior categoría a la plaza objeto de la convocatoria.
0,02 puntos, hasta un máximo de 1
punto
Los servicios prestados se acreditarán:
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de La Roca de la Sierra, se expedirán de oficio.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante certificación expedida por
el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.
En el sector privado se acreditarán mediante contrato de trabajo, la vida laboral y, en su caso,
documento que acredite la categoría laboral.
2. Cursos de formación (hasta un máximo de 4 puntos).
Formación
Valoración
1 punto
1. Por titulación superior a la exigida
2. Por cada 10 horas de formación relacionada con la Administración Local, aplicativos
de gestión para entidades locales y en ofimática o informática de gestión, impartido por
centros oficiales o dependientes de alguna Administración pública.
0,10 puntos hasta un
máximo de 3 puntos
A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas.
La formación se acreditará mediante el correspondiente título, diploma o certificado, en el que, en su caso,
deberá constar el número de horas o créditos.
6.2.3. Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
6.2.4. El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada
o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional estime necesarias.
6.2.5. La calificación definitiva de esta fase estará formada por suma de las puntuaciones obtenidas en los
méritos objeto de valoración, ponderada al 30 por 100.
6.3. Calificación final.
1. La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en las fases de
oposición y concurso de esta convocatoria, una vez practicadas las ponderaciones señaladas para cada una
de ellas.
2. En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si aún persistiese,
la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, por último, si aún persistiese dicho empate, se
resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse todos los ejercicios que integran la
convocatoria.
3. Los resultados finales, junto con la propuesta de nombramiento, se harán públicos mediante el
correspondiente anuncio publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento.
7. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
7.1 Una vez finalizadas todas las pruebas y valorada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, la propuesta de
nombramiento y contratación del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el concurso-oposición,
precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas.
7.2. La persona seleccionada deberá presentar en el Ayuntamiento, dentro del plazo de 3 días hábiles a contar
desde el siguiente a aquel en que se haga pública la propuesta de nombramiento, los siguientes documentos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en puesto
de igual o superior categoría a la plaza objeto de la convocatoria.
0,06 puntos/mes, hasta un máximo
de 2 puntos
3. Por cada mes de antigüedad en la empresa privada en puesto de igual o
superior categoría a la plaza objeto de la convocatoria.
0,02 puntos, hasta un máximo de 1
punto
Los servicios prestados se acreditarán:
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de La Roca de la Sierra, se expedirán de oficio.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante certificación expedida por
el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.
En el sector privado se acreditarán mediante contrato de trabajo, la vida laboral y, en su caso,
documento que acredite la categoría laboral.
2. Cursos de formación (hasta un máximo de 4 puntos).
Formación
Valoración
1 punto
1. Por titulación superior a la exigida
2. Por cada 10 horas de formación relacionada con la Administración Local, aplicativos
de gestión para entidades locales y en ofimática o informática de gestión, impartido por
centros oficiales o dependientes de alguna Administración pública.
0,10 puntos hasta un
máximo de 3 puntos
A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas.
La formación se acreditará mediante el correspondiente título, diploma o certificado, en el que, en su caso,
deberá constar el número de horas o créditos.
6.2.3. Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
6.2.4. El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada
o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional estime necesarias.
6.2.5. La calificación definitiva de esta fase estará formada por suma de las puntuaciones obtenidas en los
méritos objeto de valoración, ponderada al 30 por 100.
6.3. Calificación final.
1. La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en las fases de
oposición y concurso de esta convocatoria, una vez practicadas las ponderaciones señaladas para cada una
de ellas.
2. En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si aún persistiese,
la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, por último, si aún persistiese dicho empate, se
resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse todos los ejercicios que integran la
convocatoria.
3. Los resultados finales, junto con la propuesta de nombramiento, se harán públicos mediante el
correspondiente anuncio publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento.
7. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
7.1 Una vez finalizadas todas las pruebas y valorada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, la propuesta de
nombramiento y contratación del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el concurso-oposición,
precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas.
7.2. La persona seleccionada deberá presentar en el Ayuntamiento, dentro del plazo de 3 días hábiles a contar
desde el siguiente a aquel en que se haga pública la propuesta de nombramiento, los siguientes documentos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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