Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Roca de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (04887/2022)
Bases y convocatoria para la provisión, en régimen laboral temporal, de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de La Roca de la Sierra, mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de La Roca de la Sierra

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acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI o del documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición del título.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
7.3. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, la persona propuesta no presentase sus
documentos o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrá ser nombrada ni contratada y quedarán
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por
falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el concurso oposición. En este caso, se propondrá el
nombramiento a favor del siguiente de la lista ordenada de personas aprobadas y así sucesivamente.
7.4. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada y a
solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
8. NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN.
8.1. Acreditados los requisitos exigidos y aprobada la propuesta de nombramiento, la persona nombrada
deberá tomar posesión y formalizará su contrato en el plazo de 3 días hábiles, a contar del siguiente al que se
le notifique.
8.2. Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado, quedarán en la situación de
cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido.
9. LISTA DE ESPERA.
9.1. Concluido el proceso selectivo y derivado del mismo, se procederá a confeccionar una lista de espera o
bolsa de trabajo para el nombramiento de personas interinas o contratación laboral temporal para plazas
como la que es objeto de la presente convocatoria, integradas por los/as aspirantes que, habiendo superado
la fase de oposición no hayan conseguido la plaza convocada.
9.2. En caso de empate se atenderá a la mayor puntuación en el ejercicio de la oposición, De persistir el
empate, el aspirante que acredite mayor experiencia profesional en los sucesivos apartados del baremo. Si
continuara el empate, se celebrará un sorteo general que determinará el orden en todos los supuestos de
empate que persistan.
10. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del
proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban
realizarse. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de estos datos en los
términos previstos en la citada Ley Orgánica 3/2018, dirigiéndose por escrito al Sr. Alcalde del Ayuntamiento
de La Roca de la Sierra..
11. NORMATIVA APLICABLE Y RECURSOS.
11.1. A la presente convocatoria le será de aplicación:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones
Públicas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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