Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04812/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 31 de octubre de 2022 sobre las bases de selección para la bolsa de empleo correspondiente al año 2023
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Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 4812/2022

el organismo competente.
5. Declaración bajo juramento o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida
desarrollar las funciones propias del puesto demandado. (Anexo V)
6. La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante aportación de fotocopias de los diplomas o
títulos acreditativos de la realización del curso.
7. Declaración jurada de ingresos de la unidad familiar avalada documentalmente mediante copia de
nóminas, certificado de ingresos o cualquier otro documento que acredite los ingresos obtenidos en los
últimos doce meses.
8. Certificado de prestaciones del INEM, especificando prestación y cuantía. En caso de que no tenga
prestación alguna, certificado negativo expedido por el INEM.
9. Anexo III (autorizaciones) firmado por el/la solicitante, cónyuge o similar y descendientes mayores de edad
que convivan en el mismo domicilio según padrón.
10. Autorización al Ayuntamiento para hacer público los datos relativos a formación, experiencia y
socioeconómicos aportados por el/la solicitante (anexo IV).
11. El aspirante deberá presentar su vida laboral actualizada y la del resto de la unidad familiar mayor de
dieciséis años.
En el caso de ser estudiante, presentar copia de matrícula.
Los méritos no justificados suficientemente mediante la presentación de documentos a que hace alusión este apartado, no
se valorarán ni serán tenidos en cuenta por la Comisión de Valoración.
Será obligación del/de la aspirante mantener actualizados los datos personales consignados en la instancia durante toda la
duración de la bolsa de empleo.
Quinta.- Comisión Técnica de Valoración de solicitudes.
Se constituirá una Comisión Técnica de Valoración, que será designada por el Alcalde-Presidente como Jefe de Personal, y
estará formada por personal técnico de este Ayuntamiento conforme a lo determinado en el artículo 60.2 del RDLeg 5/2015,
de 30 de octubre, procediendo al estudio y valoración de las solicitudes presentadas junto con la documentación adjunta a
las mismas. Tras la valoración de las solicitudes, la Comisión, elevará propuesta de resolución de las bolsas al AlcaldePresidente, quien resolverá aprobando las bolsas de empleo.
En aquellos supuestos que de acuerdo con lo dispuesto en el apartado sexto de las presentes bases de selección fuera
necesario realizar una prueba práctica, la Comisión Técnica de Valoración se completará con personal encargado de las
diferentes obras y servicios del Ayuntamiento.
Sexta.- Procedimiento de valoración.
La Comisión Técnica de Valoración, valorará los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes de la siguiente forma:
a) Formación: Se puede obtener hasta un máximo de 20 puntos, acumulando 1.000 horas de formación
específica y debidamente acreditada. Para años inferiores de formación se valorará a 0,02 puntos por hora de
formación.
Para la categoría de jardinero/a en el apartado de formación se puede alcanzar hasta un máximo de 30
puntos acumulando 1.000 horas de formación específica y debidamente acreditada. Para años inferiores de
formación se valorará a 0,03 puntos por hora de formación.
b) Experiencia: Se puede obtener hasta un máximo de 20 puntos acumulando tres años de experiencia
específica y debidamente acreditada, para años de trabajo inferiores se valorará a 0,018 cada día.
Para la categoría de Jardinero/a en el apartado de experiencia se puede alcanzar hasta un máximo de 10
puntos acumulando tres años de experiencia específica y debidamente acreditada, para años de trabajo
inferiores se valorará a 0,018 cada día.
c) Situación socioeconómica: Se puede obtener hasta un máximo de 60 puntos. Los ingresos por unidad
familiar (persona y mes) que superen los 965,00 € le corresponderán cero puntos. Cero ingresos de la unidad
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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