Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04812/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 31 de octubre de 2022 sobre las bases de selección para la bolsa de empleo correspondiente al año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 4812/2022
• Veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio del presente
procedimiento de selección en el BOE (sin perjuicio de la publicación en el tablón de anuncios de la página
web del Ayuntamiento y sede electrónica del Ayuntamiento), para las categorías de limpieza, peones de obras
públicas, peones de cementerio y limpieza viaria.
• Veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio del presente
procedimiento de selección en el BOE, (sin perjuicio de la publicación en el tablón de anuncios de la página
web del Ayuntamiento y sede electrónica del Ayuntamiento), para las categorías de herrería, carpintería,
oficialía de 2.ª de obra pública y jardinería. Para los/las aspirantes a estas categorías que no hayan superado
la fase práctica, se abrirá un plazo excepcional de 5 días naturales, a contar desde el día siguiente a la
publicación de los resultados de la fase práctica, para presentar nueva instancia para alguna de las siguientes
categorías: Limpieza, peones de obras públicas, peones de cementerio y limpieza viaria.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación
del anuncio del presente procedimiento de selección en el BOE, sin perjuicio de la publicación en el tablón de anuncios y
sede electrónica del Ayuntamiento.
– Los/las aspirantes que deseen tomar parte en esta convocatoria deberán presentar solicitud, ajustada al
modelo que se adjunta como anexo I a las presentes bases, ante el Registro General del Excmo. Ayuntamiento
de Castuera. Por cada uno de los aspirantes se deberá indicar el Grupo de edad al que pertenece.
Así mismo, las solicitudes podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
– Los errores de hecho que contenga la solicitud o documentación adjunta, podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
– Los/las aspirantes solo podrán presentarse a un solo puesto de trabajo. La solicitud se cumplimentará en
todos sus apartados, no teniéndose en cuenta aquello que no quede debidamente consignado.
– Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará decreto de Alcaldía aprobando la lista provisional
de aspirantes admitidos/as y excluidos/as una vez baremadas por la Comisión Técnica de Valoración.
– La lista provisional se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de
cinco días hábiles a los efectos de reclamaciones. En caso de producirse estas, serán resueltas por el decreto
de Alcaldía que apruebe la lista definitiva, y que será publicada de la misma forma.
– De no presentarse reclamaciones a la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva,
haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.
– Solo se admitirán reclamaciones por escrito a las listas durante el plazo señalado, en el que se hará
descripción precisa de la reclamación, aclarando, si fuera necesario, la documentación aportada en el
procedimiento de valoración. Las citadas reclamaciones deberán ser presentadas y registradas de idéntica
forma que las solicitudes. Dicho plazo de reclamaciones únicamente servirá para solventar dudas sobre la
solicitud ya presentada. No se admitirá bajo ningún concepto que por parte de los aspirantes se incluya nueva
documentación que no fuera aportada en el momento de presentación de la solicitud, la cual en ningún caso
se valorará.
Cuarta.- Documentación a presentar junto con la solicitud.
La documentación y méritos a presentar por los candidatos/as, junto con la solicitud deberán ser:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad.
2. Fotocopia del libro de familia.
3. Declaración responsable de no haber sido separados/as, mediante expediente disciplinario del servicio en
ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas
(anexo II).
4. Documentación acreditativa de la discapacidad en grado igual o superior a 33% y la compatibilidad con el
desempeño de las tareas y funciones propias del puesto de trabajo mediante certificado vigente emitido por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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procedimiento de selección en el BOE (sin perjuicio de la publicación en el tablón de anuncios de la página
web del Ayuntamiento y sede electrónica del Ayuntamiento), para las categorías de limpieza, peones de obras
públicas, peones de cementerio y limpieza viaria.
• Veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio del presente
procedimiento de selección en el BOE, (sin perjuicio de la publicación en el tablón de anuncios de la página
web del Ayuntamiento y sede electrónica del Ayuntamiento), para las categorías de herrería, carpintería,
oficialía de 2.ª de obra pública y jardinería. Para los/las aspirantes a estas categorías que no hayan superado
la fase práctica, se abrirá un plazo excepcional de 5 días naturales, a contar desde el día siguiente a la
publicación de los resultados de la fase práctica, para presentar nueva instancia para alguna de las siguientes
categorías: Limpieza, peones de obras públicas, peones de cementerio y limpieza viaria.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación
del anuncio del presente procedimiento de selección en el BOE, sin perjuicio de la publicación en el tablón de anuncios y
sede electrónica del Ayuntamiento.
– Los/las aspirantes que deseen tomar parte en esta convocatoria deberán presentar solicitud, ajustada al
modelo que se adjunta como anexo I a las presentes bases, ante el Registro General del Excmo. Ayuntamiento
de Castuera. Por cada uno de los aspirantes se deberá indicar el Grupo de edad al que pertenece.
Así mismo, las solicitudes podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
– Los errores de hecho que contenga la solicitud o documentación adjunta, podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
– Los/las aspirantes solo podrán presentarse a un solo puesto de trabajo. La solicitud se cumplimentará en
todos sus apartados, no teniéndose en cuenta aquello que no quede debidamente consignado.
– Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará decreto de Alcaldía aprobando la lista provisional
de aspirantes admitidos/as y excluidos/as una vez baremadas por la Comisión Técnica de Valoración.
– La lista provisional se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de
cinco días hábiles a los efectos de reclamaciones. En caso de producirse estas, serán resueltas por el decreto
de Alcaldía que apruebe la lista definitiva, y que será publicada de la misma forma.
– De no presentarse reclamaciones a la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva,
haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.
– Solo se admitirán reclamaciones por escrito a las listas durante el plazo señalado, en el que se hará
descripción precisa de la reclamación, aclarando, si fuera necesario, la documentación aportada en el
procedimiento de valoración. Las citadas reclamaciones deberán ser presentadas y registradas de idéntica
forma que las solicitudes. Dicho plazo de reclamaciones únicamente servirá para solventar dudas sobre la
solicitud ya presentada. No se admitirá bajo ningún concepto que por parte de los aspirantes se incluya nueva
documentación que no fuera aportada en el momento de presentación de la solicitud, la cual en ningún caso
se valorará.
Cuarta.- Documentación a presentar junto con la solicitud.
La documentación y méritos a presentar por los candidatos/as, junto con la solicitud deberán ser:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad.
2. Fotocopia del libro de familia.
3. Declaración responsable de no haber sido separados/as, mediante expediente disciplinario del servicio en
ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas
(anexo II).
4. Documentación acreditativa de la discapacidad en grado igual o superior a 33% y la compatibilidad con el
desempeño de las tareas y funciones propias del puesto de trabajo mediante certificado vigente emitido por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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