Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04768/2022)
Bases para la provisión, como funcionario o funcionaria de carrera, mediante el sistema de promoción interna por concurso-oposición, de dos plazas de Oficiales de la Policía Local del Ayuntamiento de Mérida
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Recursos Humanos
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número 150, de 4 de agosto).
d) Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas – Marco de los
Policías Locales de Extremadura (DOE, número 199, de 15 de octubre).
e) Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a
los que han de ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales
para el ingreso, promoción, movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía
Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE, número 119, de 14 de octubre).
f) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales (BOE número 294, de 6 de diciembre).
g) Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión
de puestos y la movilidad de las policías locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
h) Y demás normativa vigente que resulte de aplicación en el momento de la convocatoria.
3. El procedimiento de provisión y por lo tanto selección de las personas aspirantes será el de promoción
interna mediante concurso-oposición.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes:
1. Las personas aspirantes deberán cumplir, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de funcionario de carrera en el Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento
de Mérida.
b) Tener una antigüedad de dos años de servicio activo en la categoría inmediata inferior a la
que se pretende promocionar.
c) Poseer la titulación académica o equivalente exigida para la categoría a la que se opta.
d) No estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas, así como no haber sido separado del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
e) Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de la edad.
f) Superar la correspondiente fase de oposición. De la misma forma deberán cumplir y superar
las pruebas físicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
2. Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes para tomar parte en la convocatoria.
Tercera.- Solicitudes.
1. Para estas plazas, las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la plataforma de ofertas
públicas de empleo del Ayuntamiento https://merida.convoca.online para lo cual, será necesario identificarse
con el correspondiente certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve o Cl@ve PIN.
2. Además, se podrá acceder a esta plataforma de ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Mérida
desde la sede electrónica y página web del Ayuntamiento:
a) https://sede.merida.es.
b) http://merida.es/servicios-municipales/empleo-publico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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número 150, de 4 de agosto).
d) Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas – Marco de los
Policías Locales de Extremadura (DOE, número 199, de 15 de octubre).
e) Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a
los que han de ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales
para el ingreso, promoción, movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía
Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE, número 119, de 14 de octubre).
f) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales (BOE número 294, de 6 de diciembre).
g) Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión
de puestos y la movilidad de las policías locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
h) Y demás normativa vigente que resulte de aplicación en el momento de la convocatoria.
3. El procedimiento de provisión y por lo tanto selección de las personas aspirantes será el de promoción
interna mediante concurso-oposición.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes:
1. Las personas aspirantes deberán cumplir, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de funcionario de carrera en el Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento
de Mérida.
b) Tener una antigüedad de dos años de servicio activo en la categoría inmediata inferior a la
que se pretende promocionar.
c) Poseer la titulación académica o equivalente exigida para la categoría a la que se opta.
d) No estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas, así como no haber sido separado del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
e) Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de la edad.
f) Superar la correspondiente fase de oposición. De la misma forma deberán cumplir y superar
las pruebas físicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
2. Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes para tomar parte en la convocatoria.
Tercera.- Solicitudes.
1. Para estas plazas, las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la plataforma de ofertas
públicas de empleo del Ayuntamiento https://merida.convoca.online para lo cual, será necesario identificarse
con el correspondiente certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve o Cl@ve PIN.
2. Además, se podrá acceder a esta plataforma de ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Mérida
desde la sede electrónica y página web del Ayuntamiento:
a) https://sede.merida.es.
b) http://merida.es/servicios-municipales/empleo-publico.
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