Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04768/2022)
Bases para la provisión, como funcionario o funcionaria de carrera, mediante el sistema de promoción interna por concurso-oposición, de dos plazas de Oficiales de la Policía Local del Ayuntamiento de Mérida
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Recursos Humanos

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Novena.- Relación de personas aprobadas y presentación de documentación.
1. Una vez terminadas las fases correspondientes al concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación
de personas aprobadas por orden de puntuación, con la suma y desglose de las calificaciones
correspondientes en la fase de oposición, en su sede electrónica https://sede.merida.es y/o en la página web
municipal http://merida.es elevando al Concejal Delegado de Recursos Humanos, la propuesta de las
personas aspirantes que deberán realizar el correspondiente Curso Selectivo en la Academia de Seguridad
Pública de Extremadura. El número de personas aspirantes aprobadas no podrá superar al de plazas
convocadas.
2. En el plazo de Diez Días Hábiles a contar desde su publicación, las personas aprobadas y propuestas para
realizar el curso selectivo, presentaran, en el Servicio de RR.HH, los documentos acreditativos y autenticados
de los requisitos expresados en la base segunda.
3. La no presentación dentro del plazo fijado de la documentación exigida, excepto en los casos de fuerza
mayor, o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de
la convocatoria o supuestos de falsedad en la declaración documental de los méritos aportados, dará lugar a
la invalidez de las actuaciones del aspirante, comportando, por consiguiente, la nulidad de los actos del
Tribunal Calificador en relación con la persona aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin
perjuicio de la exigencia de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
4. En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de las personas aspirantes, según orden de
puntuación obtenida, que tengan cabida en el número de plazas convocadas, como consecuencia de la citada
anulación.
Décima.- Nombramiento y toma de posesión:
1) Del nombramiento en prácticas, y del Curso Selectivo en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
a) Terminado el plazo de presentación y acreditación de los documentos presentados, se
procederá al nombramiento de Oficial de la Policía Local en prácticas, debiendo ser percibida
una retribución cuya cuantía vendrá determinada por la legislación aplicable a los funcionarios
en prácticas. Este nombramiento durará hasta la toma de posesión como funcionarios de
carrera.
b) Será requisito indispensable superar un Curso Selectivo de Formación en la Academia de
Seguridad Pública de Extremadura, cuya duración, no será inferior a un mes.
c) Al aspirante que resulte designado, Oficial de la Policía Local en prácticas, en el
nombramiento o con posterioridad se le comunicará la fecha en que deberá presentarse en la
Academia de Seguridad Pública de Extremadura, para dar comienzo al curso selectivo de
formación que convocará y organizará la Consejería competente de la Junta de Extremadura.
d) En el caso de no incorporarse en la fecha indicada se le considerará decaído en su derecho.
Para obtener el nombramiento definitivo de funcionario de carrera será condición
indispensable que el aspirante realice y supere el referido curso selectivo, en la forma
anteriormente expuesta.
2) De la calificación del periodo de formación, y de la calificación definitiva del proceso de selección.
a) Concluido el correspondiente curso selectivo de formación la persona titular de la Consejería
competente en materia de coordinación de policías locales dictará resolución comprensiva de
las calificaciones obtenidas por los y las aspirantes, la cual se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura.
b) El periodo de formación será calificado de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de cinco puntos para superarlo.
c) La nota final será el cociente que resulte de dividir el total de calificaciones por el número de
asignaturas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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