Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" (Villanueva de la Serena). Recursos Humanos (Mérida). (04773/2022)
Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Uni2 en Vegas Altas"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"
Anuncio 4773/2022
- Utilizar la ropa de trabajo únicamente en actividades desarrolladas en la Escuela Profesional.
- Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluido el periodo de descanso
establecido, salvo en actividades muy concretas y por decisión expresa de la dirección.
- Informar de inmediato sobre la no asistencia al trabajo, cuando por causas imprevistas se produzca la
imposibilidad justificada de incorporación al mismo.
- Comunicar cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al rendimiento en el trabajo o
que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal de la Escuela Profesional, garantizándose
en todo caso el derecho a la intimidad y privacidad individual.
Artículo 11. Régimen disciplinario.
1. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
Faltas leves.
- El incumplimiento del protocolo COVID-19.
- La ingesta de cualquier alimento o bebida, que no sea por prescripción médica o absolutamente necesario,
dentro del aula o dependencia del centro que no esté habilitada para ello.
- Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes, entendiendo por falta de
puntualidad todo retraso superior a diez minutos.
- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales, así como del
vestuario y equipos de protección individual entregados.
- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
- La incorrección leve en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que participan en el
programa, directa o indirectamente.
- En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
Faltas graves.
- El incumplimiento del protocolo COVID-19 al menos en tres ocasiones.
- La reiteración en la ingesta de cualquier alimento o bebida, que no sea por prescripción médica o
absolutamente necesario, dentro del aula o dependencia del centro que no esté habilitada para ello.
- Una falta de asistencia sin causa justificada.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- Más de tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
- La no presentación en tiempo de los justificantes de las faltas al trabajo, a no ser que se pruebe la
imposibilidad de hacerlo.
- El incumplimiento culpable de las órdenes impartidas por los superiores en el ejercicio de su trabajo, del que
se derive perjuicio grave para el servicio.
- La inobservancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo establecidas.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los manifiestos síntomas de intoxicación,
que repercutan negativamente en el mismo.
- La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluido el periodo de descanso
establecido, salvo en actividades muy concretas y por decisión expresa de la dirección.
- Informar de inmediato sobre la no asistencia al trabajo, cuando por causas imprevistas se produzca la
imposibilidad justificada de incorporación al mismo.
- Comunicar cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al rendimiento en el trabajo o
que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal de la Escuela Profesional, garantizándose
en todo caso el derecho a la intimidad y privacidad individual.
Artículo 11. Régimen disciplinario.
1. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
Faltas leves.
- El incumplimiento del protocolo COVID-19.
- La ingesta de cualquier alimento o bebida, que no sea por prescripción médica o absolutamente necesario,
dentro del aula o dependencia del centro que no esté habilitada para ello.
- Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes, entendiendo por falta de
puntualidad todo retraso superior a diez minutos.
- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales, así como del
vestuario y equipos de protección individual entregados.
- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
- La incorrección leve en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que participan en el
programa, directa o indirectamente.
- En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
Faltas graves.
- El incumplimiento del protocolo COVID-19 al menos en tres ocasiones.
- La reiteración en la ingesta de cualquier alimento o bebida, que no sea por prescripción médica o
absolutamente necesario, dentro del aula o dependencia del centro que no esté habilitada para ello.
- Una falta de asistencia sin causa justificada.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- Más de tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
- La no presentación en tiempo de los justificantes de las faltas al trabajo, a no ser que se pruebe la
imposibilidad de hacerlo.
- El incumplimiento culpable de las órdenes impartidas por los superiores en el ejercicio de su trabajo, del que
se derive perjuicio grave para el servicio.
- La inobservancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo establecidas.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los manifiestos síntomas de intoxicación,
que repercutan negativamente en el mismo.
- La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales.
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