Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). (04766/2022)
Orden del Concejal Delegado de Recursos Humanos para la provisión de dos plazas de Agentes de la Policía Local de Mérida, correspondientes a la oferta pública de empleo 2022, en el turno de movilidad
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Recursos Humanos

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g) De continuar el empate y se hubieran incluido en la convocatoria la valoración
de méritos específicos, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido
en dicho apartado.
h) De persistir el empate este se resolverá en favor de aquella persona que
mayor puntuación obtenga aplicando todos los criterios de valoración sin límite
máximo de puntos por cada criterio.
i) Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo
con menos presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en
Extremadura, cuando este no represente, al menos, el 40 por ciento de la
totalidad.

Séptima. Relación de personas aprobadas y presentación de documentos.
7.1. Una vez terminada la fase de concurso el Tribunal formará relación comprensiva de las personas
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuación final obtenida, en número no
superior al de plazas convocadas, y la hará pública en su sede electrónica https://sede.merida.es o en la
página web municipal http://merida.es, además del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
7.2. De acuerdo con esta lista, se elevará al Concejal Delegado de Recursos Humanos del Ayuntamiento de
Mérida, la propuesta de nombramiento, en favor de las personas aspirantes aprobadas.
Octava. Presentación de documentación.
8.1. Las personas aspirantes propuestas para su nombramiento estarán obligadas a presentar, dentro del
plazo de veinte días Hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas definitivas,
todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en estas bases, excepto aquellos
documentos que ya hayan sido presentados previamente.
8.2. Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos
exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las
actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia
solicitando tomar parte en la convocatoria.
8.3. En este caso el Concejal Delegado de Recursos Humanos, efectuará el nombramiento a favor de la
persona aspirante que, habiendo obtenido una mayor puntuación en la fase de concurso, tuviera cabida en el
número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
Novena. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
9.1. Concluido el proceso selectivo, el Concejal Delegado de Recursos Humanos y a la vista de la relación de
las personas aspirantes que las hayan superado, dictará resolución nombrado funcionario de carrera al
correspondiente aspirante, publicándose dicho nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura.
9.2. La persona funcionaria nombrada deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de diez días hábiles. Si
no lo hiciera, sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.
9.3. La persona funcionaria que haya tomado posesión de su plaza, se inscribirá en la RPT del Ayuntamiento
de Mérida y percibirá con cargo al Ayuntamiento de Mérida, las retribuciones que les corresponda.
Décima. Incidencias y recursos.
10.1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones,
criterios o decisiones necesarias para el buen orden del concurso en aquellos aspectos no previstos en estas
bases, siendo en todo caso aplicable la normativa relacionada en la base segunda de la presente
convocatoria, así como las demás normas concordantes de general aplicación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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