Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04724/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a la pequeña y mediana empresa
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

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b) Personas solicitantes que no cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria quedando su solicitud
desestimada.
c) Personas solicitantes que no han aportado la totalidad de la documentación requerida en el punto 8 de la
Convocatoria con indicación de la documentación requerida.
Las personas solicitantes referidas en el punto a) y c) se les otorgarán el plazo de 3 días hábiles para que aleguen lo que en
su derecho consideren oportuno, o en su caso, subsanen su solicitud y presenten la documentación requerida.
5.- Transcurrido el plazo establecido para alegar y subsanar las solicitudes requeridas para ello e informadas por el Servicio
Instructor, este elevará la propuesta de acuerdo para su aprobación por el órgano competente y se proceda a su posterior
publicación.
6.- El acuerdo será objeto de publicación, en la página Web municipal, en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento y
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación.
7.- El acuerdo de concesión de las subvenciones contendrá tanto el otorgamiento de las subvenciones, que fijará
expresamente su cuantía e incorporará, en su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que debe
sujetarse la persona beneficiaria de las mismas, como la desestimación expresa del resto de las solicitudes, en su caso.
8.- El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será de tres meses a contar del siguiente a la finalización del plazo de
presentación de las solicitudes. Pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso potestativo de
reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución o bien recurrir directamente ante la
orden jurisdiccional contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la ley reguladora de dicha jurisdicción.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo su solicitud de subvención.
DECIMO SEGUNDA.- PAGO DE LA SUBVENCION.
1.- El pago de estas subvenciones se realizará en un pago único por la totalidad del importe concedido, mediante
transferencia bancaria, en la cuenta determinada por el beneficiario, en su Alta de Terceros o en la que figure registrada en
el sistema contable municipal, a partir de la fecha de la resolución de concesión, sin que sea necesaria la constitución de
garantías.
2.- En caso de incumplimiento de las obligaciones, en su caso, detalladas en esta convocatoria, el Servicio Gestor iniciará de
oficio expediente administrativo que, previa audiencia a la persona interesada, propondrá al órgano que concedió la
subvención la iniciación de procedimiento de reintegro de los fondos no justificados, junto con la liquidación de los intereses
de demora correspondientes.
DECIMO TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA PERSONA BENEFICIARIA.
Los beneficiarios de la subvención están sujetos a las siguientes obligaciones:
a) Mantener la actividad al menos durante los dos meses posteriores a la fecha de publicación de estas bases.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación, en relación con la actividad subvencionada, aportando la
documentación e información que le sea requerida por el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
c) Comunicar cualquier alteración de las condiciones y/o requisitos tenidos en cuenta para la concesión de la
subvención establecida en las presentes bases.
d) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad
subvencionada.
e) Someterse a la publicidad de la subvención concedida, tal y como se establece en las presentes bases.
f) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley
General de Subvenciones, y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas
para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o
negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la Ley General de
Subvenciones.
g) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
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