Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04724/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a la pequeña y mediana empresa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 4724/2022
D) Declaración de Responsabilidad (incluido en anexo I)
Declaración Responsable que contendrá el pronunciamiento expreso sobre las siguientes cuestiones:
1. Que la persona solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de
subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Que la persona solicitante se compromete a declarar las ayudas de mínimis que le hubiesen sido concedidas por
cualquier proyecto durante los tres últimos ejercicios fiscales, con indicación de importe, organismo, fecha de
concesión y régimen de ayudas en que se ampara, o, en su caso, declaración de no haber recibido ninguna; así como
compromiso de comunicar a la mayor brevedad las obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud.
3. Que la persona solicitante no tiene deuda alguna con el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra y que ha justificado
cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad, siempre que haya finalizado el plazo de
justificación.
4. Que la persona solicitante no ha obtenido ninguna ayuda con la misma finalidad u objeto que la actividad
subvencionada, así como compromiso de comunicar subvenciones anteriores con la misma finalidad y a la mayor
brevedad las obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud y antes de la resolución de la misma.
5. Que la persona solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria y para ser
receptora del pago establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en concreto
apartados 2 y 3 del artículo 13 y el apartado 5 del artículo 34 de la misma
6. Que la actividad que realiza, cuanta con licencia, autorización municipal y/o en su caso la que corresponda para el
ejercicio de la misma, y que se encuentra vigente al día de la fecha de la solicitud.
En los casos de que el solicitante sea una entidad sin personalidad jurídica se presentará documento por el que los socios o
comuneros nombran un representante o apoderado único, en el que manifiesta sus respectivas participaciones en la cosa
común y asumen su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas del expediente.
E) Documento de Alta de Terceros.
Documento de Alta a Terceros en el caso de no figurar dado de alta en el sistema contable del Ayuntamiento de Fregenal de
la Sierra o en caso de haber alguna variación en los datos existentes.
F) Si se actúa en este procedimiento en representación de terceros se deberá aportar anexo II de autorización
de representación.
DECIMO PRIMERA.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
1.- La concesión de la subvención regulada en esta convocatoria, se realizará de acuerdo con lo establecido en los artículos
22.1 y 23 a 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento, que realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los
cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2.- La concesión de la subvención se efectuará de forma directa, en atención a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-, dado el carácter excepcional de las subvenciones que se
pretenden conceder debido a las razones de interés público, social, económico o humanitario, que dificulten su convocatoria
pública, dada la situación de pandemia en la que nos encontramos. Siendo admitidas aquellas solicitudes que reúnan la
totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria. La concesión de la subvención se efectuará
atendiendo el resultado del total de solicitudes admitidas, y la cantidad concedida en concepto de subvención resultará de la
distribución en términos de igualdad entre todas las peticiones.
3.- El Servicio Instructor comprobará las solicitudes recibidas dentro del plazo concedido. Aquellas solicitudes que cumplan
con los requisitos exigidos, serán propuestas para ser resueltas favorablemente.
4.- Previamente a elaborar la propuesta de acuerdo, se publicarán a efectos de notificación en la página Web municipal, en
el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, los siguientes listados:
a) Los beneficiarios propuestos por haber presentado su solicitud, reuniendo la totalidad de requisitos y
documentación requerida en la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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D) Declaración de Responsabilidad (incluido en anexo I)
Declaración Responsable que contendrá el pronunciamiento expreso sobre las siguientes cuestiones:
1. Que la persona solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de
subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Que la persona solicitante se compromete a declarar las ayudas de mínimis que le hubiesen sido concedidas por
cualquier proyecto durante los tres últimos ejercicios fiscales, con indicación de importe, organismo, fecha de
concesión y régimen de ayudas en que se ampara, o, en su caso, declaración de no haber recibido ninguna; así como
compromiso de comunicar a la mayor brevedad las obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud.
3. Que la persona solicitante no tiene deuda alguna con el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra y que ha justificado
cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad, siempre que haya finalizado el plazo de
justificación.
4. Que la persona solicitante no ha obtenido ninguna ayuda con la misma finalidad u objeto que la actividad
subvencionada, así como compromiso de comunicar subvenciones anteriores con la misma finalidad y a la mayor
brevedad las obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud y antes de la resolución de la misma.
5. Que la persona solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria y para ser
receptora del pago establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en concreto
apartados 2 y 3 del artículo 13 y el apartado 5 del artículo 34 de la misma
6. Que la actividad que realiza, cuanta con licencia, autorización municipal y/o en su caso la que corresponda para el
ejercicio de la misma, y que se encuentra vigente al día de la fecha de la solicitud.
En los casos de que el solicitante sea una entidad sin personalidad jurídica se presentará documento por el que los socios o
comuneros nombran un representante o apoderado único, en el que manifiesta sus respectivas participaciones en la cosa
común y asumen su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas del expediente.
E) Documento de Alta de Terceros.
Documento de Alta a Terceros en el caso de no figurar dado de alta en el sistema contable del Ayuntamiento de Fregenal de
la Sierra o en caso de haber alguna variación en los datos existentes.
F) Si se actúa en este procedimiento en representación de terceros se deberá aportar anexo II de autorización
de representación.
DECIMO PRIMERA.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
1.- La concesión de la subvención regulada en esta convocatoria, se realizará de acuerdo con lo establecido en los artículos
22.1 y 23 a 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento, que realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los
cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2.- La concesión de la subvención se efectuará de forma directa, en atención a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-, dado el carácter excepcional de las subvenciones que se
pretenden conceder debido a las razones de interés público, social, económico o humanitario, que dificulten su convocatoria
pública, dada la situación de pandemia en la que nos encontramos. Siendo admitidas aquellas solicitudes que reúnan la
totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria. La concesión de la subvención se efectuará
atendiendo el resultado del total de solicitudes admitidas, y la cantidad concedida en concepto de subvención resultará de la
distribución en términos de igualdad entre todas las peticiones.
3.- El Servicio Instructor comprobará las solicitudes recibidas dentro del plazo concedido. Aquellas solicitudes que cumplan
con los requisitos exigidos, serán propuestas para ser resueltas favorablemente.
4.- Previamente a elaborar la propuesta de acuerdo, se publicarán a efectos de notificación en la página Web municipal, en
el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, los siguientes listados:
a) Los beneficiarios propuestos por haber presentado su solicitud, reuniendo la totalidad de requisitos y
documentación requerida en la convocatoria.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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