Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (04606/2022)
Bases reguladoras para la selección de trabajadores dentro del Plan de Empleo
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Alburquerque
Anuncio 4606/2022
5.1.- Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, conforme al modelo del
anexo I de las presentes bases , en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas
en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán a Alcalde del Ayuntamiento de
Alburquerque, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento y, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Todas las instancias deberán ir acompañadas de fotocopia del DNI y anexo II debidamente cumplimentado.
Para las personas que deseen acceder a la bolsa de cuidadoras es necesario estar en posesión de alguna de
las siguientes titulaciones académicas: Certificado de Profesionalidad SSCS028 "Atención socio-sanitaria a
personas dependientes en instituciones sociales", Título de Auxiliar de Enfermería, Clínica, Sanitario, Grado
Medio de Técnico en cuidados Auxiliares de Enfermería, Grado Medio de Atención a Personas en Situación de
Dependencia.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, aceptan las presentes bases y se someten
al contenido de esta convocatoria y a las decisiones que adopte la comisión de valoración, sin perjuicio de las
reclamaciones o recursos pertinentes.
Los errores de hecho en estas bases que pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento,
de oficio o a petición del interesado. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
concedido para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
No obstante, y en virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre,
quien resulte seleccionado/a deberá presentar los originales de la documentación acreditaba de los méritos
relacionados en el anexo II, a fin de proceder a su cotejo y comprobación de su autenticidad.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores supondrá la exclusión del proceso selectivo. Así
mismo, en cualquier momento la Comisión de Selección podrá requerir de los aspirantes la documentación
de todo tipo que considere necesaria a los efectos de realizar la labor que se le encomienda.
Sexta. Admisión de los aspirantes.
Pruebas y valoración de las mismas.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de 5 días, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, para mayor difusión, se concederá un plazo de tres días hábiles para la
subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo máximo de 3 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos
y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de
anuncios, para mayor difusión. En esta misma publicación se hará constar el día en que se reunirá la comisión de valoración.
Séptima. Comisión de selección.
7.1 La Comisión de Selección estará integrada por un Presidente, titular y suplente, número necesario de Vocales, titulares y
suplentes, y un Secretario, titular y suplente, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros.
La comisión de Selección cumplirá lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y estará compuesto por:
Presidente/a:
Doña Rosa Carmen Díaz Guerra.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 17
Anuncio 4606/2022
5.1.- Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, conforme al modelo del
anexo I de las presentes bases , en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas
en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán a Alcalde del Ayuntamiento de
Alburquerque, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento y, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Todas las instancias deberán ir acompañadas de fotocopia del DNI y anexo II debidamente cumplimentado.
Para las personas que deseen acceder a la bolsa de cuidadoras es necesario estar en posesión de alguna de
las siguientes titulaciones académicas: Certificado de Profesionalidad SSCS028 "Atención socio-sanitaria a
personas dependientes en instituciones sociales", Título de Auxiliar de Enfermería, Clínica, Sanitario, Grado
Medio de Técnico en cuidados Auxiliares de Enfermería, Grado Medio de Atención a Personas en Situación de
Dependencia.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, aceptan las presentes bases y se someten
al contenido de esta convocatoria y a las decisiones que adopte la comisión de valoración, sin perjuicio de las
reclamaciones o recursos pertinentes.
Los errores de hecho en estas bases que pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento,
de oficio o a petición del interesado. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
concedido para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
No obstante, y en virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre,
quien resulte seleccionado/a deberá presentar los originales de la documentación acreditaba de los méritos
relacionados en el anexo II, a fin de proceder a su cotejo y comprobación de su autenticidad.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores supondrá la exclusión del proceso selectivo. Así
mismo, en cualquier momento la Comisión de Selección podrá requerir de los aspirantes la documentación
de todo tipo que considere necesaria a los efectos de realizar la labor que se le encomienda.
Sexta. Admisión de los aspirantes.
Pruebas y valoración de las mismas.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de 5 días, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, para mayor difusión, se concederá un plazo de tres días hábiles para la
subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo máximo de 3 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos
y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de
anuncios, para mayor difusión. En esta misma publicación se hará constar el día en que se reunirá la comisión de valoración.
Séptima. Comisión de selección.
7.1 La Comisión de Selección estará integrada por un Presidente, titular y suplente, número necesario de Vocales, titulares y
suplentes, y un Secretario, titular y suplente, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros.
La comisión de Selección cumplirá lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y estará compuesto por:
Presidente/a:
Doña Rosa Carmen Díaz Guerra.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 17