Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (04527/2022)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a promover actividades juveniles y sufragar gastos de capital de los espacios de interacción de las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022
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Delegación de Igualdad y Juventud
Anuncio 4527/2022
BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A PROMOVER ACTIVIDADES JUVENILES DE INTERÉS
GENERAL QUE PROPICIEN LA PARTICIPACIÓN JUVENIL, ESTIMULAR EL FUNCIONAMIENTO DE ASOCIACIONES JUVENILES Y
SUFRAGAR GASTOS DE CAPITAL EL MANTENIMIENTO DE LOS ESPACIOS EN LOS QUE SE REALIZA LA INTERACCIÓN ENTRE LAS
Y LOS JÓVENES EN LOS MUNICIPIOS DE NUESTRA PROVINCIA DURANTE EL EJERCICIO 2022.
Con fecha de 14 de diciembre de 2021 (BOP número 245 de 27 de diciembre de 2021), la Diputación Provincial de Badajoz
aprobó su Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022.
La Diputación Provincial de Badajoz se dota de un plan estratégico de subvenciones como instrumento para complementar,
suplir y alcanzar una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines de interés público que tiene encomendados dentro del
marco de competencias conferido a las diputaciones provinciales.
Así este plan estratégico de subvenciones, se concibe con la finalidad de realizar una auténtica planificación estratégica de
las políticas públicas de contenido subvencional, permitiendo contar de esa forma con una auténtica herramienta para
conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos y una mayor eficiencia en la asignación del
gasto público.
La Diputación de Badajoz en este nuevo Plan continuará apoyando acciones y colectivos a los que ha venido apoyando en
ejercicios anteriores dada su importancia para el tejido social, asociativo, cultural, deportivo y empresarial de la provincia.
Es compromiso de la Diputación de Badajoz acometer y fomentar el tejido asociativo juvenil para que las y los jóvenes
realicen distintas actividades en los municipios de nuestra provincia. De esta manera, se puede fomentar el ocio, la cultura,
el deporte,… por parte de la juventud en nuestra provincia. Para dar cumplimiento a este compromiso se realiza esta
convocatoria de subvenciones.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Base 1: Objeto y líneas de actuación.
1.- A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza general
de subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades, consejos de juventud locales y
comarcales así como otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades juveniles con sede o delegación
permanente en los distintos municipios de la provincia de Badajoz, destinadas a promover actividades juveniles de interés
general que propicien la participación juvenil, estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos
corrientes y de capital para el desarrollo de actividades y la dotación y el mantenimiento de los espacios en los que se realiza
la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia.
Dichas entidades deberán estar inscritas en el correspondiente registro, de acuerdo con sus estatutos, de asociaciones, o el
Registro Fundaciones de la Junta de Extremadura. Igualmente será válida la inscripción en el Registro Nacional de
Asociaciones o Fundaciones.
2.- Las actuaciones objeto de subvención se circunscriben, en esta convocatoria, a programas de actividades destinados
especialmente a jóvenes entre 14 y 35 años (ambos inclusive). Dichos programas habrán de referirse a alguna o algunas de
las actividades siguientes:
a) Actividades de ocio y tiempo libre.
b) Actividades dirigidas a favorecer el espíritu creador de los jóvenes que se desarrollen en el ámbito del
teatro, música, artes plásticas, artesanía, cine y nuevas tecnologías.
c) Actividades dirigidas a la igualdad de oportunidades y la sensibilización en la lucha contra la violencia de
género.
d) Actividades referidas a programas de información y prevención contra el consumo de drogas, alcohol,
tabaco y otras toxicomanías, dirigidas a mejorar la calidad de vida de los jóvenes.
e) Actividades de prevención de la marginación, el racismo y la xenofobia.
f) Actividades relacionadas con los objetivos de desarrollo sostenible.
g) Actividades formativas relacionadas con la salud y la sexualidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A PROMOVER ACTIVIDADES JUVENILES DE INTERÉS
GENERAL QUE PROPICIEN LA PARTICIPACIÓN JUVENIL, ESTIMULAR EL FUNCIONAMIENTO DE ASOCIACIONES JUVENILES Y
SUFRAGAR GASTOS DE CAPITAL EL MANTENIMIENTO DE LOS ESPACIOS EN LOS QUE SE REALIZA LA INTERACCIÓN ENTRE LAS
Y LOS JÓVENES EN LOS MUNICIPIOS DE NUESTRA PROVINCIA DURANTE EL EJERCICIO 2022.
Con fecha de 14 de diciembre de 2021 (BOP número 245 de 27 de diciembre de 2021), la Diputación Provincial de Badajoz
aprobó su Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022.
La Diputación Provincial de Badajoz se dota de un plan estratégico de subvenciones como instrumento para complementar,
suplir y alcanzar una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines de interés público que tiene encomendados dentro del
marco de competencias conferido a las diputaciones provinciales.
Así este plan estratégico de subvenciones, se concibe con la finalidad de realizar una auténtica planificación estratégica de
las políticas públicas de contenido subvencional, permitiendo contar de esa forma con una auténtica herramienta para
conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos y una mayor eficiencia en la asignación del
gasto público.
La Diputación de Badajoz en este nuevo Plan continuará apoyando acciones y colectivos a los que ha venido apoyando en
ejercicios anteriores dada su importancia para el tejido social, asociativo, cultural, deportivo y empresarial de la provincia.
Es compromiso de la Diputación de Badajoz acometer y fomentar el tejido asociativo juvenil para que las y los jóvenes
realicen distintas actividades en los municipios de nuestra provincia. De esta manera, se puede fomentar el ocio, la cultura,
el deporte,… por parte de la juventud en nuestra provincia. Para dar cumplimiento a este compromiso se realiza esta
convocatoria de subvenciones.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Base 1: Objeto y líneas de actuación.
1.- A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza general
de subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades, consejos de juventud locales y
comarcales así como otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades juveniles con sede o delegación
permanente en los distintos municipios de la provincia de Badajoz, destinadas a promover actividades juveniles de interés
general que propicien la participación juvenil, estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos
corrientes y de capital para el desarrollo de actividades y la dotación y el mantenimiento de los espacios en los que se realiza
la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia.
Dichas entidades deberán estar inscritas en el correspondiente registro, de acuerdo con sus estatutos, de asociaciones, o el
Registro Fundaciones de la Junta de Extremadura. Igualmente será válida la inscripción en el Registro Nacional de
Asociaciones o Fundaciones.
2.- Las actuaciones objeto de subvención se circunscriben, en esta convocatoria, a programas de actividades destinados
especialmente a jóvenes entre 14 y 35 años (ambos inclusive). Dichos programas habrán de referirse a alguna o algunas de
las actividades siguientes:
a) Actividades de ocio y tiempo libre.
b) Actividades dirigidas a favorecer el espíritu creador de los jóvenes que se desarrollen en el ámbito del
teatro, música, artes plásticas, artesanía, cine y nuevas tecnologías.
c) Actividades dirigidas a la igualdad de oportunidades y la sensibilización en la lucha contra la violencia de
género.
d) Actividades referidas a programas de información y prevención contra el consumo de drogas, alcohol,
tabaco y otras toxicomanías, dirigidas a mejorar la calidad de vida de los jóvenes.
e) Actividades de prevención de la marginación, el racismo y la xenofobia.
f) Actividades relacionadas con los objetivos de desarrollo sostenible.
g) Actividades formativas relacionadas con la salud y la sexualidad.
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