Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (04527/2022)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a promover actividades juveniles y sufragar gastos de capital de los espacios de interacción de las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022
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Delegación de Igualdad y Juventud
Anuncio 4527/2022
HE RESUELTO
Primero.- Aprobar las bases específicas de convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de
Badajoz destinadas a promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el mantenimiento de
los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
- Solicitud de subvención para la realización de actividades relacionadas con los temas objeto
de la convocatoria (anexo I).
- Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinadas a
promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el
mantenimiento de los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los
municipios de nuestra provincia. (Anexo VI).
- Remisión de documentación para subsanación de la solicitud de subvención destinada a
promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el
mantenimiento de los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los
municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022 (anexo VIII).
- Remisión de documentación para subsanación justificación de subvención destinada a
promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el
mantenimiento de los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los
municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022 (anexo IX).
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.
Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS), para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro
electrónico de resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
En Badajoz, a fecha la firma digital.- El Presidente, P.D. la Diputada Delegada del Área de Igualdad, Juventud y R.U.H.C.,
(Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019), Cristina Valadés Rodríguez.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente , todo ello de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Primero.- Aprobar las bases específicas de convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de
Badajoz destinadas a promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el mantenimiento de
los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
- Solicitud de subvención para la realización de actividades relacionadas con los temas objeto
de la convocatoria (anexo I).
- Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinadas a
promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el
mantenimiento de los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los
municipios de nuestra provincia. (Anexo VI).
- Remisión de documentación para subsanación de la solicitud de subvención destinada a
promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el
mantenimiento de los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los
municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022 (anexo VIII).
- Remisión de documentación para subsanación justificación de subvención destinada a
promover actividades juveniles de interés general que propicien la participación juvenil,
estimular el funcionamiento de asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el
mantenimiento de los espacios en los que se realiza la interacción entre las y los jóvenes en los
municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022 (anexo IX).
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.
Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS), para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro
electrónico de resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
En Badajoz, a fecha la firma digital.- El Presidente, P.D. la Diputada Delegada del Área de Igualdad, Juventud y R.U.H.C.,
(Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019), Cristina Valadés Rodríguez.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente , todo ello de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
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