Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). (04416/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, dos plazas de Dinamizadores/as Deportivos/as
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión
Anuncio 4416/2022
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las organizaciones sindicales con representación en la Mancomunidad podrán participar como observadores en todas las
fases y actos que integran dichos procesos a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido
de las pruebas, antes de su realización.
El procedimiento de actuación del Tribunal se regirá por las normas establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015) y por las previsiones que sobre ellos se establecen en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
- Oposición.
- Concurso.
8.1. Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba de aptitud eliminatoria y obligatoria para
los/las aspirantes.
La convocatoria de las/los aspirantes será por orden alfabético y en llamamiento único, con la consiguiente
exclusión de quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente
apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su personalidad.
A tal efecto deberán presentar el DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Consistirá en contestar a un cuestionario de 60 preguntas tipo test en el tiempo máximo de 60 minutos. Cada
pregunta del cuestionario estará compuesta por tres respuestas alternativas de las cuales solo una de ellas
será la correcta.
El cuestionario contendrá además 5 preguntas adicionales, las cuales sustituirán por su orden a aquellas
preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba de selección.
Se calificará con un máximo de 60 puntos, siendo necesario alcanzar al menos una puntuación de 30 puntos
para superarla.
Cada respuesta acertada tiene un valor de 1 punto. Las respuestas erróneas penalizarán a razón de 0,25
puntos por cada respuesta. Las preguntas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá establecer una "nota de corte" con un número de candidatos/as, en el caso que no haya
suficientes aprobados para pasar a la siguiente fase.
8.2.- Fase de concurso.
Se valorarán los méritos a que se refiere la convocatoria y que encuentren documentalmente acreditados
dentro del plazo de presentación de instancias y cuyos títulos o acreditación hayan sido emitidos por
organismo oficial y con capacidad de certificar, y con arreglo al siguiente baremo:
8.2.1. Experiencia: Hasta un máximo de 20 puntos.
Por haber prestado servicios como Dinamizador/a Deportivo en Programas
de Dinamización Deportiva de Extremadura en la Administración Pública
0,20 por mes trabajador, hasta un
máximo de 15 puntos
Por haber prestado servicios en la Administración Pública como monitor
deportivo, dinamizador deportivo, profesor de educación física
0,10 por mes trabajador, hasta un
máximo de 10 puntos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las organizaciones sindicales con representación en la Mancomunidad podrán participar como observadores en todas las
fases y actos que integran dichos procesos a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido
de las pruebas, antes de su realización.
El procedimiento de actuación del Tribunal se regirá por las normas establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015) y por las previsiones que sobre ellos se establecen en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
- Oposición.
- Concurso.
8.1. Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba de aptitud eliminatoria y obligatoria para
los/las aspirantes.
La convocatoria de las/los aspirantes será por orden alfabético y en llamamiento único, con la consiguiente
exclusión de quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente
apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su personalidad.
A tal efecto deberán presentar el DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Consistirá en contestar a un cuestionario de 60 preguntas tipo test en el tiempo máximo de 60 minutos. Cada
pregunta del cuestionario estará compuesta por tres respuestas alternativas de las cuales solo una de ellas
será la correcta.
El cuestionario contendrá además 5 preguntas adicionales, las cuales sustituirán por su orden a aquellas
preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba de selección.
Se calificará con un máximo de 60 puntos, siendo necesario alcanzar al menos una puntuación de 30 puntos
para superarla.
Cada respuesta acertada tiene un valor de 1 punto. Las respuestas erróneas penalizarán a razón de 0,25
puntos por cada respuesta. Las preguntas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá establecer una "nota de corte" con un número de candidatos/as, en el caso que no haya
suficientes aprobados para pasar a la siguiente fase.
8.2.- Fase de concurso.
Se valorarán los méritos a que se refiere la convocatoria y que encuentren documentalmente acreditados
dentro del plazo de presentación de instancias y cuyos títulos o acreditación hayan sido emitidos por
organismo oficial y con capacidad de certificar, y con arreglo al siguiente baremo:
8.2.1. Experiencia: Hasta un máximo de 20 puntos.
Por haber prestado servicios como Dinamizador/a Deportivo en Programas
de Dinamización Deportiva de Extremadura en la Administración Pública
0,20 por mes trabajador, hasta un
máximo de 15 puntos
Por haber prestado servicios en la Administración Pública como monitor
deportivo, dinamizador deportivo, profesor de educación física
0,10 por mes trabajador, hasta un
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