Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Risco. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04289/2022)
Bases para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo como personal laboral fijo, mediante concurso de méritos, incluida en la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Risco

Anuncio 4289/2022

los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se
deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as
aspirantes que sigan a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera.
10.4. Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado dispondrán de
un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que cumplen
los requisitos exigidos, y serán nombrados/as funcionarios/as de carrera mediante Resolución del órgano
competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del destino
adjudicado. La adjudicación de los puestos entre los/as aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el
artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con
discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la
integración de los/as empleados/as públicos/as con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el
ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones
Públicas, quedarán reservados a los/as aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a
Público/a.
UNDECIMA.- Presentación de documentación.
11.1. En el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista
definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la Provincia, los/as aspirantes propuestos/as
aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) Original del título exigido en las Bases específicas, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el
acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario/a o personal laboral, en el que
hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o
en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en
cada base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de la gestión de dicho
proceso selectivo.
11.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujese que carecen
de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los
mismos, no podrá ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
DÉCIMA SEGUNDA.- Bolsas de trabajo temporal.
Los procesos de estabilización de empleo temporal que convoque el Ayuntamiento de Risco regulados en la Ley 20/2021 no
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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