Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (04255/2022)
Convocatoria del Plan Carnaba
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 4255/2022
l) Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social, según el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, del 21 de julio, por el que se aprueba el
reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
m) De oficio, la Concejalía de Ferias y Fiestas acreditará la participación en concursos oficiales en el año 2020,
organizados por el Ayuntamiento de Badajoz.
9.- Régimen de compatibilidades:
Las ayudas contempladas serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, tanto privada
como públicas.
10.- Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente
Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
11.- Lugar y forma de presentación de solicitudes:
Se realizará telemáticamente por el solicitante o representante legal expresamente autorizado, en el registro general o en
cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. La solicitud no estará oficialmente presentada hasta no estar registrada.
Los expedientes se irán resolviendo según la fecha de registro de entrada de las solicitudes. Se considerará como fecha de
registro de entrada el del último registro que se presente con la documentación completa.
Solo se podrá presentar una solicitud por agrupación (sea cual sea la actividad matriz o filial). En el caso de que se presente
más de una solicitud por el mismo interesado se tendrá en cuenta solo la primera que se presente, que reúna toda la
documentación necesaria, inadmitiendo las restantes.
La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados
de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.
12.- Procedimiento de instrucción y resolución:
En virtud del artículo 22.2c de la LGS, la instrucción del procedimiento se desarrollará por la Concejalía de Ferias y Fiestas del
Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, conforme a lo determinado en el artículo 19 de la OGS Ayto. Badajoz, que llevará a cabo
actuaciones pertinentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deberá
formularse la propuesta de resolución.
Instrucción.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en el Decreto, se requerirá al interesado para que subsane
en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hace se le tendrá por
desistido de su solicitud.
Al tratarse de una concesión directa, la valoración de las solicitudes se limitará a comprobar que el solicitante
cumple los requisitos en la forma prevista. Una vez valoradas las solicitudes, el órgano instructor elaborará un
informe individualizado sobre cada solicitud, en el que conste que, de los datos que obran en su poder, el
solicitante reúne todos los requisitos exigidos para ser beneficiario de las ayudas.
Propuesta de resolución.
Una vez completada la instrucción, el Delegado de Ferias y Fiestas don Francisco Javier Gutiérrez Jaramillo, y
en su ausencia el Alcalde Presidente don Ignacio Gragera Barrera, formulará propuesta de resolución de
concesión de las ayudas, que motivará debidamente.
La propuesta de resolución formulada, se remitirá junto con el expediente, a la Intervención del Ayuntamiento
para la fiscalización del gasto correspondiente.
Resolución de concesión.
Formulada propuesta de resolución y fiscalizado el gasto, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Badajoz don Ignacio Gragera Barrera, dictará resolución, resolviendo el procedimiento de
concesión de la subvención.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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l) Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social, según el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, del 21 de julio, por el que se aprueba el
reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
m) De oficio, la Concejalía de Ferias y Fiestas acreditará la participación en concursos oficiales en el año 2020,
organizados por el Ayuntamiento de Badajoz.
9.- Régimen de compatibilidades:
Las ayudas contempladas serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, tanto privada
como públicas.
10.- Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente
Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
11.- Lugar y forma de presentación de solicitudes:
Se realizará telemáticamente por el solicitante o representante legal expresamente autorizado, en el registro general o en
cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. La solicitud no estará oficialmente presentada hasta no estar registrada.
Los expedientes se irán resolviendo según la fecha de registro de entrada de las solicitudes. Se considerará como fecha de
registro de entrada el del último registro que se presente con la documentación completa.
Solo se podrá presentar una solicitud por agrupación (sea cual sea la actividad matriz o filial). En el caso de que se presente
más de una solicitud por el mismo interesado se tendrá en cuenta solo la primera que se presente, que reúna toda la
documentación necesaria, inadmitiendo las restantes.
La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados
de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.
12.- Procedimiento de instrucción y resolución:
En virtud del artículo 22.2c de la LGS, la instrucción del procedimiento se desarrollará por la Concejalía de Ferias y Fiestas del
Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, conforme a lo determinado en el artículo 19 de la OGS Ayto. Badajoz, que llevará a cabo
actuaciones pertinentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deberá
formularse la propuesta de resolución.
Instrucción.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en el Decreto, se requerirá al interesado para que subsane
en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hace se le tendrá por
desistido de su solicitud.
Al tratarse de una concesión directa, la valoración de las solicitudes se limitará a comprobar que el solicitante
cumple los requisitos en la forma prevista. Una vez valoradas las solicitudes, el órgano instructor elaborará un
informe individualizado sobre cada solicitud, en el que conste que, de los datos que obran en su poder, el
solicitante reúne todos los requisitos exigidos para ser beneficiario de las ayudas.
Propuesta de resolución.
Una vez completada la instrucción, el Delegado de Ferias y Fiestas don Francisco Javier Gutiérrez Jaramillo, y
en su ausencia el Alcalde Presidente don Ignacio Gragera Barrera, formulará propuesta de resolución de
concesión de las ayudas, que motivará debidamente.
La propuesta de resolución formulada, se remitirá junto con el expediente, a la Intervención del Ayuntamiento
para la fiscalización del gasto correspondiente.
Resolución de concesión.
Formulada propuesta de resolución y fiscalizado el gasto, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Badajoz don Ignacio Gragera Barrera, dictará resolución, resolviendo el procedimiento de
concesión de la subvención.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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