Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (04145/2022)
Reglamento de funcionamiento del Centro Municipal de Protección Animal del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Capítulo V: Alimentación de los animales del CMPA
Artículo 30.- Procedimiento de alimentación de los animales del CMPA.
1. Los animales deben ser alimentados diariamente. Los cachorros recibirán al menos dos tomas al día. Los perros adultos,
en la medida de lo posible, también se alimentarán dos veces al día. Los gatos serán alimentados mediante pequeñas
comidas múltiples o alimentación ad libitum.
2. En la inspección de entrada de los animales al CMPA se valorará su índice de condición corporal por medio de la
observación y la palpación, clasificando a cada perro o gato con un valor del 1 al 5, siendo 1 caquexia, 2 delgadez, 3 estado
ideal, 4 sobrepeso y 5 obesidad. Este índice quedará reflejado en el historial clínico del animal.
3. La cantidad, frecuencia y tipo de alimento suministrado diariamente estará bajo la supervisión de los/as veterinarios/as
del CMPA, que deberán tener en cuenta, para su valoración y revisión, las características y necesidades nutricionales
individuales (situaciones fisiológicas y/o patológicas), así como su índice de condición corporal y los controles de peso
mensuales a los que se someterá a los perros y gatos. La evolución del peso corporal de los mismos quedará recogida en
sus respectivos historiales clínicos.
4. De acuerdo a lo establecido en el apartado anterior se elaborarán dietas especiales para cachorros y gatitos, hembras
lactantes y animales geriátricos o con obesidad. Asimismo se utilizarán dietas de prescripción para determinadas patologías
(pienso gastrointestinal, pienso renal, pienso hipoalergénico), o dietas muy palatables y energéticas para la recuperación de
animales convalecientes o caquécticos (dieta blanda).
5. El suministro de alimentos debe realizarse siempre a la misma hora, de la misma forma y, en los caniles con más de un
perro, respetando la localización definida para cada uno de los comederos.
6. Los restos de comida deben desecharse diariamente, excepto en el caso de los gatos alimentados ad libitum con comida
seca mediante tolva. Si se realizan varias tomas al día la comida sobrante de una toma se podrá volver a dar en la siguiente,
si el alimento que ha quedado se encuentra limpio y en buenas condiciones.
7. Los envases de alimentos y sacos de pienso deberán mantenerse siempre cerrados, sin estar en contacto directo con el
suelo y en un espacio cubierto y protegido de la lluvia o de la acción directa del sol.
Capítulo VI: Enriquecimiento ambiental y bienestar animal
Artículo 31.- Criterios de enriquecimiento ambiental y bienestar animal.
1. Los criterios de enriquecimiento ambiental y bienestar animal del CMPA atenderán a factores como especie, raza, carácter
y grado de sociabilización. Por ejemplo, los perros de razas catalogadas como potencialmente peligrosas son especialmente
sensibles, por un lado al estrés térmico debido a su escasa protección contra el frío, y por otro a la falta de actividad, dadas
sus grandes capacidades tanto físicas como mentales. Además, debido a esa catalogación especial suelen pasar temporadas
mucho más largas de tiempo en el CMPA que el resto de animales.
2. Los criterios de enriquecimiento ambiental y bienestar animal del CMPA contemplarán aspectos como:
- Enriquecimiento ambiental.
- Rutinas diarias.
- Detección de comportamientos anormales.
Artículo 32.- Enriquecimiento ambiental.
Los criterios de enriquecimiento ambiental deben considerar las necesidades etológicas del individuo, incluyendo las
siguientes categorías: enriquecimiento físico (sensorial, estructural y nutricional) y enriquecimiento social (intraespecífico e
interespecífico).
Artículo 33.- Zonas de esparcimiento.
1. El CMPA, dependiendo de si hay visitas de posibles adoptantes o no, podrá usar las las instalaciones disponibles para el
paseo y juego de los animales. Los perros ocuparán las zonas de esparcimiento individualmente, aunque podrán compartir
la misma pista varios animales. En estas zonas los perros deben tener la compañía activa de alguna persona, ya que la
interacción con el ser humano es fundamental para su bienestar, de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior.
2. En el caso del parque para gatos no es imprescindible que exista una interacción con el hombre, ya que sus características
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