Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (04145/2022)
Reglamento de funcionamiento del Centro Municipal de Protección Animal del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 4145/2022

trabajadores/as, visitantes o para el resto de animales del centro, y a aquellos que hayan protagonizado agresiones graves,
según lo establecido en el artículo 22.4 del Código Deontológico. Los motivos comportamentales y las agresiones ocurridas
serán recogidas y detalladas en el correspondiente informe emitido por los/as veterinarios/as del CMPA, sin perjuicio de que
puedan solicitarse también informes realizados por profesionales facultativos veterinarios ajenos al mismo; salvo si se trata
de animales de origen feral, que serán reubicados en una colonia felina.
5. La eutanasia humanitaria activa deberá efectuarse por el personal veterinario del CMPA. Para proceder a la misma se
emplearán métodos que provoquen la pérdida inmediata de la consciencia del animal, con el mínimo sufrimiento posible,
de manera indolora y con sedación previa.
6. Una vez realizada la eutanasia darán de baja al perro o gato en el programa de gestión del centro adjuntando informe
motivado de los hechos y en el RIACE.
7. El cadáver será entregado a un servicio de recogida de animales domésticos muertos para su incineración como marca la
legislación que rige los núcleos zoológicos. De no procederse en el mismo día a la gestión del cadáver, se conservará a
temperatura regulada en el dispositivo apropiado, hasta el día en que se programe su eliminación higiénica.
8. El personal del CMPA procederá de inmediato tras la retirada del cadáver del chenil/jaula a su higienización según el
método descrito en el protocolo de limpieza y alimentación del CMPA, con especial importancia en el caso de eutanasia por
riesgo de transmisión de enfermedades contagiosas graves.
Artículo 20.- Muerte natural.
1. En caso de que algún animal aparezca muerto en el CMPA se trasladará el cadáver a un veterinario concertado para
realizar la correspondiente necropsia.
2. El personal veterinario certificará lo ocurrido y darán de baja al perro o gato en el programa de gestión del centro
adjuntando informe motivado de los hechos y el informe de la necropsia. También dará de baja al animal en el RIACE.
3. La gestión del cadáver se hará conforme a lo indicado en el artículo 19.7 del presente Reglamento.
4. El personal del CMPA procederá de inmediato tras la retirada del cadáver del chenil/jaula a su higienización. Si el personal
veterinario del mismo sospechan que la muerte sea debida a algún proceso patológico contagioso o transmisible, se
tomarán las medidas cautelares y preventivas establecidas en el artículo 19.3 del presente Reglamento.
TÍTULO II: GESTIÓN DEL MANTENIMIENTO DE ANIMALES EN EL CMPA
Artículo 21.- Mantenimiento y seguridad de las instalaciones del CMPA.
1. Las labores de mantenimiento ordinario de las instalaciones del CMPA serán realizadas por personal operario del centro
bajo la dirección y supervisión del/de la responsable del mismo. Si se trata de labores más específicas se podrá solicitar la
ayuda de las brigadas municipales o bien podrán ser externalizadas dichas labores a empresas externas. En cualquier caso
si algún trabajador/a, tanto del CMPA como de una empresa externa, considera que otro/a no está realizando
adecuadamente sus labores o tiene algún otro tipo de queja hacia él/ella, deberá comunicarlo a la persona responsable.
Artículo 22.- Bioseguridad en el CMPA.
Se plantean dos objetivos fundamentales respecto a la bioseguridad en el CMPA. Además de controlar la entrada y difusión
de procesos patológicos transmisibles (bacterianos, víricos, fúngicos y/o parasitarios) entre los animales, es primordial evitar
asimismo la transmisión de zoonosis a la plantilla y visitantes. Para ello la bioseguridad del CMPA se basa en tres bloques
que forman los tres primeros capítulos de este título, además de la importancia capital del diseño y uso de la zona de
cuarentena y aislamiento.
El primer bloque abarca la profilaxis sanitaria en los animales, que incluye los tratamientos preventivos de vacunación,
desparasitación interna y externa y realización de pruebas diagnósticas para controlar y conocer el estado sanitario de cada
animal, y de esta forma, mejorar la resistencia y reducir la susceptibilidad a las enfermedades de la colectividad de los
animales alojados.
El segundo implica la monitorización diaria para identificar y localizar sintomatología o signos de aparición de enfermedades
transmisibles y, en su caso, realizar el control de un posible brote epidémico.
El tercero, no menos importante, consiste en la higienización y en el control de plagas. La higienización incluye la limpieza y
desinfección de alojamientos y materiales para destruir o inactivar los agentes patógenos de sus superficies. Por otro lado,
el control de vectores implica el uso de sistemas o productos (desinsectación y desratización) para eliminar estas especies
de animales en sus instalaciones (artrópodos, ratas y ratones), transmisores de una gran cantidad de enfermedades.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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