Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (04132/2022)
Aprobación de las bases generales para el concurso del proceso de estabilización de empleo 2022 en el Ayuntamiento de Montijo
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Ayuntamiento de Montijo

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Duodécima.- Elección de destinos.
12.1. La elección de destinos se efectuará según el orden en el que las personas seleccionadas se encuentren
en la clasificación definitiva del proceso selectivo.
12.2. A estos efectos, al finalizar el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán todas y
todos los candidatos que hayan superado el concurso, ordenados por la puntuación total obtenida, con
independencia del turno por el que hayan participado.
12.3. No obstante, si las plazas a ofertar fueran distintas dotaciones del mismo puesto o, siendo puestos
distintos, sus características fueran iguales o similares, se prescindirá del trámite de elección de destinos y la
propuesta del Tribunal Calificador dará lugar, sin más trámites, a la relación provisional de personas
seleccionadas.
Decimotercera. Lista de personas seleccionadas.
Finalizado el plazo para realizar la elección de destinos, se elaborará una relación provisional que contendrá
las personas seleccionadas y el puesto que le corresponde a cada una. Esa relación se hará pública en el
tablón de anuncios y se otorgará un plazo de 10 días hábiles para interponer reclamaciones. Finalizado el
plazo de reclamaciones y una vez resueltas las que, en su caso, se hayan interpuesto, se publicará la relación
definitiva de personas seleccionadas y el puesto adjudicado a cada una.
Decimocuarta.- Acreditación de requisitos.
14.1. Una vez publicada la relación definitiva de las personas seleccionadas, conforme a lo previsto en la base
6.3., éstas dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, para
presentar en el Ayuntamiento de Montijo los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para
acreditar los requisitos de participación en el proceso selectivo, siendo esos documentos los que se
enumeran a continuación:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la
nacionalidad. El documento que se presente deberá encontrarse en vigor.
En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada o promesa del/de la español/a o nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive
a sus expensas o está a su cargo.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a o personal laboral fijo en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. Asimismo, declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en alguna de las
causas legales de incapacidad o incompatibilidad.
Quien no tenga la nacionalidad española deberá presentar una declaración jurada o promesa de no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
3. Titulación exigida en las bases específicas, o justificante del abono de las tasas para su expedición.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar la documentación acreditativa de
su homologación o convalidación.
Los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario deberán acreditar dicho
reconocimiento.
4. Acreditación documental de otros requisitos específicos exigidos, en su caso, para el desempeño del puesto
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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