Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (04132/2022)
Aprobación de las bases generales para el concurso del proceso de estabilización de empleo 2022 en el Ayuntamiento de Montijo
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Ayuntamiento de Montijo

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Novena.- Procedimiento selectivo.
9.1. Procedimiento.
De conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, el proceso selectivo se realizará por el sistema de concurso.
9.2. Fase de concurso.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
a) Méritos profesionales, que supondrán un máximo de 80 puntos:
- Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala y subescala o como
personal laboral temporal en la categoría profesional objeto de convocatoria, en la
Administración convocante, por mes completo, 0,66 puntos.
- Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal laboral temporal en
la Administración convocante en distinta categoría de la plaza convocada por mes completo,
0,33 puntos.
- Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala y subescala o como
personal laboral temporal en la categoría profesional objeto de convocatoria, en el resto de la
Administración Local.
- Servicios prestados en el resto del Sector Público, en la misma categoría profesional de la
plaza a la que se opta, por mes completo, 0,11 puntos.
No podrá computar el mismo periodo de tiempo desempeñado en una misma administración
o en varias, en dos o más apartados diferentes, salvo que se trate de una plaza convocada a
tiempo parcial.
Los trabajos a tiempo parcial se valorarán en función de la jornada realmente desempeñada.
b) Méritos académicos u otros méritos, que supondrán como máximo 20 puntos:
- Por los cursos de formación recibidos o impartidos, por o para órganos oficiales,
universidades, institutos públicos de formación, y homologados dentro de planes de formación
continua y similares de las Administraciones Públicas y/o empresas acreditadas para
formación, orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría
profesional a la que se desea acceder, por hora de formación, 0,08 puntos.

Décima.- Calificación del proceso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el
concurso, que, en todo caso, deberá superar los 30 puntos para poder acceder a la plaza convocada.
Si se dieran empates, el orden se establecerá atendiendo, en primer lugar, a favor de la persona que hubiera
prestado más tiempo de servicios en el Ayuntamiento de Montijo, en segundo lugar, a favor de la persona
aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de méritos profesionales, en tercero, de la que
hubiera prestado más tiempo de servicio en la Administración Pública en general; y, en último, de la que
tenga más edad.
Undécima.- Relación de aprobados.
Terminada la valoración de méritos, el Tribunal Calificador hará pública la relación de aprobados según el
orden de puntuación alcanzado, así como su propuesta de acceso a la condición de funcionario o personal
laboral fijo de las personas aprobadas, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, y la elevará a la
Presidencia del Ayuntamiento.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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