Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). (04028/2022)
Bases para la selección de un/a Monitor/a Deportivo por concurso-oposición en régimen de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

Anuncio 4028/2022

Mérito
Impartidos directamente por la Administración e
instituciones públicas, universidades, federaciones
deportivas, organizaciones de utilidad pública o
privada, o cualquier otra privada (hasta un máximo de
3 puntos).

Puntuación asignada

Más de 200 horas

0,4 ptos.

101 - 200 horas

0,3 ptos.

51 – 100 horas

0,2 ptos.

Hasta 50 horas

0,1 ptos.

b) Experiencia (máx. 3 puntos):
En actividades referidas a la actividad deportiva para la
Por mes completo
que se aspira en cualquier Administración Pública (hasta
un máximo de 3,00 ptos.)

0,10 ptos.

En actividades referidas a la actividad deportiva para la
que se aspira en el ámbito privado (hasta un máximo de
3,00 ptos.)

0,05 ptos.

Por mes completo

El orden de clasificación definitiva de todos los/as aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones totales
obtenidas en la fase de oposición y de concurso. Esta misma clasificación determinará la propuesta de contratación del
Tribunal y de incorporación al servicio.
En caso de empate se dará prioridad a quién haya obtenido mayor puntuación en la entrevista, si persistiera, se procedería
al desempate dando prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en el examen teórico, en el caso de persistir el
empate se atenderá a aquel que tuviese mayor experiencia laboral.
La experiencia se acreditará mediante fotocopias de certificados de empresa, vida laboral y de contratos de trabajo en el
que debe figurar el concepto y especialidad, caso de no figurar no será objeto de puntuación.
No se computarán los cursos que no indiquen su duración, ni aquellos que no versen sobre la educación física,
entrenamiento y rendimiento deportivo, recreación deportiva o salud y actividad física, tanto específicamente o los
directamente relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar, referentes a la actividad deportiva seleccionada.
Abstenerse de presentar documentación que no se va a tener en cuenta por el tribunal.
Séptima. Calificación
A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso.
La puntuación final será aquella obtenida de aplicar el porcentaje establecido para la fase de oposición más el porcentaje
establecido para la fase de concurso.
El resultado de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada una de ellas, será la puntuación final.
Octava. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y formalización del contrato
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los contratos,
que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga
lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a solicitar al candidato propuesto la presentación de los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Verificado que se cumplen los requisitos se procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega
de una copia básica de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los
aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Novena. Constitución de bolsa de trabajo
Se constituirá una bolsa de trabajo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de
que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente
debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de trabajo es de 13 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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