Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Fundación Villanueva XXI (Villanueva de la Serena). (04023/2022)
Bases reguladoras de ayudas para la mejora de la calidad de la restauración en Villanueva de la Serena durante el ejercicio 2022
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Fundación Villanueva XXI

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conforme al modelo que será facilitado por la Concejalía de Comercio, Industria y Desarrollo Económico del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Este modelo podrá obtenerse asimismo a través de la web
municipal y en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Las
solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las presentes bases,
se dirigirá a la Fundación "Villanueva XXI" y se presentará en el Registro Municipal del Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solo se admitirá una única solicitud de ayuda por beneficiario.
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y finalizará en los diez (10) días naturales
siguientes o hasta agotar la disponibilidad presupuestaria establecida para cada una de las líneas.
7.2. Documentación.
Para ser beneficiario de la ayuda es obligatorio aportar la solicitud normalizada, que deberá estar firmada por
el interesado o su representante y debe acompañarse de:
1) En el caso de personas físicas, DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo
indica.
2) En el caso de personas jurídicas, CIF de la empresa y escritura de constitución, así como DNI
por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte del representante legal de la misma.
3) Justificante de estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o la mutua profesional
correspondiente, durante las fechas requeridas.
4) Declaración responsable firmada por la persona interesada o representante que contendrá
el pronunciamiento expreso sobre las siguientes cuestiones:
a) Que no está incurso en las prohibiciones para ser receptor para el pago
establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
en concreto apartados 2 y 3 del artículo 13 y el apartado 5 del artículo 34 de la
misma.
b) Que se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las personas
beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Que se compromete a la comunicación de subvenciones concedidas con
anterioridad a la presentación de las ayudas recibidas con la misma finalidad y el
compromiso de comunicar a la mayor brevedad posible las ayudas obtenidas
con posterioridad a la presentación de la solicitud antes de la resolución de la
misma.
5) Autorización expresa del solicitante a la Fundación "Villanueva XXI" para poder solicitar de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Administración Tributaria Autonómica, el
Organismo Autónomo de Recaudación, la Tesorería del Ayuntamiento de Villanueva de la
Serena, así como de la Tesorería General de la Seguridad Social, los datos relativos al
cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social del solicitante.
6) Último recibo de pago de las tasas municipales para el aprovechamiento del dominio público
mediante colocación de veladores.
Los interesados podrán ejercer su derecho a oposición a la consulta de sus datos personales según lo
establecido en el artículo 18 de la Ley 8/2008, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía
de los procedimientos digitales, a través del anexo I de las presentes bases.
En este caso, estarán obligados a adjuntar la documentación correspondiente, siendo desistidos de su
solicitud si no la presentan.
8. Procedimiento e instrucción del procedimiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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